Obras Públicas pone en marcha un nuevo procedimiento para adjudicar VPO

  • El nuevo sistema pretende garantizar la transparencia.
  • Se hará sorteo público ante notario.
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El nuevo procedimiento de adjudicación será por sorteo público, un sistema que garantiza una total transparencia en la determinación de los adjudicatarios, así como el riguroso cumplimiento de los principios de
igualdad, publicidad y concurrencia.

Así, se asignarán por sorteo todas aquellas viviendas de protección pública que hayan sido promovidas directamente por el IVS, las realizadas en virtud de la suscripción de convenios entre los ayuntamientos y el IVS a través de un promotor privado, y todas en las que, de alguna manera, concurra la participación del Instituto.

El sorteo, que se realizará ante notario, se iniciará mediante la correspondiente convocatoria pública, en la que constará: la ubicación de las viviendas objeto del sorteo, el número ofertado, el régimen de cesión, el precio, el plazo de presentación de solicitudes, así como las condiciones, cupos y demás características que concurran en la promoción de que se trate.

La Consejería de Obras Públicas también contempla la posibilidad del establecimiento de cupos con los que atenderá las demandas y necesidades específicas de personas discapacitadas, jóvenes, mayores de 65 años, familias monoparentales, numerosas o colectivos específicos.

Régimen de las convocatorias

La convocatoria para cada una de las promociones de viviendas se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), así como en los periódicos regionales de mayor difusión. El plazo para la presentación de las solicitudes se fijará en la convocatoria correspondiente para cada grupo de viviendas, pero en ningún caso será inferior a 15 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria en el BORM.

Los solicitantes que no hayan resultado adjudicatarios pasarán a componer la lista de espera, que será pública y cuya vigencia se prolongará hasta la total escrituración de las viviendas que componen la promoción, a efectos de ser tenida en cuenta en los supuestos de renuncia o no formalización de los contratos sobre las viviendas adjudicadas.

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