Una mujer se enfrenta a ocho años de prisión por estafar a un matrimonio

  • La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de ocho años de prisión para la acusada de estafar a un matrimonio que acudió a ella para que mediara con el banco para la concesión de un préstamo. La vista oral se celebra este martes, 1 de octubre, en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, a las 10.30 horas.

El relato de hechos que realiza el fiscal señala que el matrimonio

compró a una mujer una finca con vivienda en Bimenes por un precio de 30.000 euros, aplazándose el pago hasta el 29 de agosto de 2013. Establecieron como condición resolutoria la falta del pago aplazado. Los compradores trataron de obtener un préstamo para efectuar el pago pero no lo consiguieron porque uno de ellos estaba incluido en el fichero de deudores.

En el mes de marzo de 2014, con el fin de realizar el pago en el plazo estipulado, los compradores se pusieron en contacto, a través de Internet, con la acusada, quien se presentó como supuesta mediadora de un préstamo con el Banco Santander.

Según el fiscal, ella, con intención de obtener un beneficio indebido, les convenció de que podrían obtener un préstamo hipotecario de 40.000 euros, a pagar en cuotas de entre 150 y 160 euros al mes y en bastantes años mediante sus servicios como mediadora.

"La acusada nunca tuvo intención de realizar las gestiones para la obtención del préstamo, sino que pretendía con ello que le entregaran cantidades de dinero y hacerlas suyas", apuntan desde Fiscalía.

Con esa finalidad, la acusada les pidió diversa documentación y la entrega de 300 euros para una supuesta tasación. Además, les indicó que, para conseguir el supuesto préstamo, debía desaparecer la condición resolutoria.

Por ello, dada la relación de confianza que había entre la vendedora y los compradores, aquella accedió a otorgar carta de pago y de cancelación de la citada condición, haciendo constar que el pago se había realizado el 17 de marzo de 2014.

Sin embargo, dicho pago no se había efectuado realmente por cuanto esperaban pagar lo adeudado con el préstamo que supuestamente les estaba gestionando la acusada. Con todo ello, la acusada consiguió que el matrimonio le fuera haciendo diversos pagos con el pretexto de que eran necesarios para las gestiones encaminadas a la obtención del crédito.

Así, entre el 17 de marzo de 2014 y el 3 de abril de ese mismo año, la pareja giros postales a favor de la acusada por importe total de 2.050 euros. Asimismo, entre el 12 de marzo de 2014 y el 1 de abril de 2015, realizaron en la cuenta bancaria de la acusada pagos por importes de entre 176 y 3.200 euros, que totalizaron 38.424 euros. No considerando suficiente la operación anterior, guiada por el mismo ánimo, la acusada les indicó que era necesario que facilitaran una garantía adicional.

La vivienda habitual de la madre de uno de los miembros de la pareja, pensionista con unos ingresos de pequeña cuantía, era la que iba a servir de garantía. El inmueble, situado en Bimenes, estaba gravado con un préstamo con garantía hipotecaria por importe de 24.500 euros. Por ello, la acusada les ofreció negociar un supuesto préstamo con mejores condiciones, actuando como intermediaria para obtenerlo y cancelar el que ya tenían.

El matrimonio aceptó la oferta y la acusada le indicó que le ingresasen a ella las cuotas del préstamo y no al acreedor, que ya se encargaría ella de la cancelación del préstamo. Entre el 18 de febrero y el 1 de abril de 2015, siguiendo las instrucciones de la acusada, efectuaron en las cuentas bancarias a nombre una persona que se haya en paradero desconocido y que actuaba de común acuerdo con la acusada, ingresos por 5.000 euros. Estas cantidades las hicieron suyas la acusada y la citada persona, sin que la primera tramitase ningún crédito ni cancelara la hipoteca, pues nunca tuvo intención de hacerlo.

De esta forma, al resultar impagado el crédito, el acreedor reclamó judicialmente la ejecución hipotecaria de la vivienda.

La Fiscalía considera que los hechos relatados constituyen un delito continuado de estafa, con el agravante de reincidencia y solicita que se condene a la acusada a 8 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 24 meses de multa, con una cuota diaria de 10 euros.

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