De esta manera, la Ley de Caza de Canarias recoge que "queda prohibido cazar en los llamados días de fortuna, es decir, en aquellos que como consecuencia de incendios, epizootias, inundaciones, sequías y otras causas, los animales se ven privados de sus facultades normales de defensa y obligados a concentrarse en determinados lugares".
En concreto, en el caso de Gran Canaria, las zonas afectadas por los dos últimos incendios forestales son zonas de cumbres de los municipios de Artenara, Tejeda y Gáldar por un lado y Cazadores-Guayadeque, en los municipios de Telde e Ingenio, por otro.
Además, la norma recoge que posteriormente a la extinción total de los dos incendios, las zonas permanecerán vedadas por un periodo no inferior a dos años hasta su total recuperación y sus límites, así como la descripción literal de los mismos se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias.
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