Multa de más de 30.000 euros a cada uno de los responsables de la tala de 24 pinos sin autorización en Cala Vinyes

  • PALMA DE MALLORCA, 5 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Calvià ha puesto una multa de 31.832 euros para los propietarios de la parcela y otros 31.832 euros a la constructora, responsables de una tala de 24 pinos que se realizó, a principios de año, sin los permisos oportunos en un suelo urbano de la calle Goleta de Cala Vinyes.

Según ha informado el Consistorio en un comunicado, esto supone que los infractores deberán retirar los restos vegetales abandonados en la parcela, así como plantar 24 ejemplares de pino (Pinus halepensis) de entre 30 y 40 cm de perímetro de tronco, antes del 31 de diciembre de 2019.

Para garantizar la reposición total a su estado original de la zona afectada por la tala, los responsables deberán depositar un aval bancario de 24.024 euros, en garantía de la compensación.

Esta sanción propuesta por el Ayuntamiento se suma a la resolución dictada recientemente por la Agència de Defensa del Territori de Mallorca, en referencia a otra zona de Calvià, en Cala Falcó, en la que ordena la replantación de 98 pinos que fueron talados sin licencia en terrenos calificados como suelo rústico protegido.

LA TALA DE ÁRBOLES UNA FALTA CONSIDERADA 'MUY GRAVE' EN LA ORDENANZA MUNICIPAL

La Ordenanza municipal para la defensa y conservación del patrimonio verde y catálogo de árboles singulares del municipio de Calvià, en su artículo 9, declara obligatoria "la obtención de licencia municipal previa para la tala o supresión de cualquier árbol con un diámetro de tronco superior a diez centímetros, medido a un metro de altura, que esté emplazado en jardines o espacios de titularidad privada ubicados en zonas urbanas del municipio de Calvià".

La tala de un árbol sin la previa autorización municipal (que queda supeditada a compensar la pérdida o disminución de los elementos vegetales), está considerada como una infracción muy grave.

Por su parte, la Ley de urbanismo de Baleares (LUIB) considera como infracción grave el incumplimiento de los actos sujetos a licencia urbanística municipal como "las talas en masas arbóreas y vegetación arbustiva, así como árboles aislados, que sean objeto de protección por los instrumentos del planeamiento"

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