Aconsejan abrir diligencias informativas sobre el doble asesinato de Alovera

  • Califican de "deficiente" la situación del área penal del juzgado encargado de recibir las quejas por violencia de género.
  • Recomiendan la constitución de una oficina de orietación para las víctimas de este tipo de agresiones.
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La Unidad Inspectora del Consejo General del Poder Judicial aconseja que se abran diligencias informativas sobre la actuación del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Torrejón de Ardoz en el caso que desencadenó el asesinato de Sylvina J. Bassini a manos de su ex pareja.

El sargento Javier Lacasa Cebolleda, quien tenía varias denuncias por malos tratos, mató el pasado 10 de abril en Alovera (Guadalajara), a Sylvina y su novio, suicidándose posteriormente ante su propio hijo, de 4 años de edad. El informe resalta la situación "deficiente" del área penal en este juzgado, debido a la "inestabilidad" de la plantilla funcionarial y a la cobertura "tardía" de vacantes.

Diligencias urgentes

En concreto, el informe refleja la "desproporcionada" cantidad de módulo penal del juzgado número 5 de Torrejón, que recibió el pasado año cinco veces más casos que la media del partido judicial y la mayoría de las diligencias urgentes que se tramitaron fueron por delitos de violencia machista.

Por estas razones, la Unidad Inspectora recomienda al CGPJ la creación del Juzgado número 8 de Torrejón de Ardoz, así como la constitución en la sede de los juzgados de una oficina de atención y orientación jurídica a las víctimas de la violencia machista.

Sin embargo, a pesar de que considera conveniente incoar diligencias informativas, el informe aclara que este proceso es "diferente" del procedimiento disciplinario, pues el objetivo es comprobar la veracidad de unos hechos "que podrían o no derivar en responsabilidades disciplinarias".

Prohibiciones incumplidas

Según el informe de la Unidad Inspectora, el 2 de septiembre de 2006 el juzgado dictó una orden de alejamiento para que el presunto agresor no se acercara a menos de 500 metros de su ex mujer y le prohibió comunicarse con ella y su hijo, unas medidas que, en repetidas ocasiones, la víctima denunció que se estaban incumpliendo.

Por otro lado, una sentencia en auto de divorcio contencioso del 22 de marzo de 2007 autorizó al agresor a realizar un régimen de visitas a su hijo, dictámen que chocaba con la sentencia por vía penal y contradicción que aún no había sido resuelta. También estaba pendiente de pronunciamiento la solicitud que la víctima presentó ante el Ministerio de Defensa el 15 de febrero de 2007, exigiendo la prohibición de posesión de armas a Lacasa, sargento destinado en la Agrupación de Transporte número 1 del barrio madrileño de Canillejas.

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