En su sentencia, el TSXG recoge que el escrito del tribunal provincial ya explicaba que las pruebas practicadas arrojaron "dudas racionales sobre la realidad de los hechos objeto de acusación" y que las fechas en las que presuntamente se cometieron los abusos "varían sensiblemente en el tiempo".
Asimismo, los magistrados han destacado que "la persistencia y seriedad de la incriminación se ciñe a los aspectos más rudimentarios", así como la existencia de "contradicciones entre la menor y su abuela, primer testigo de referencia".
Los hechos se sitúan en 2017 y, según la sentencia, no ha quedado acreditado que en la madrugada del día 2 de septiembre ni en la del día siguiente el acusado "hubiese hecho tocamientos a su suegra cuando esta estaba durmiendo en la habitación", así como tampoco se ha probado que "hubiese hecho tocamientos a la menor".
Contra el fallo, las partes pueden presentar recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo dentro de los cinco días siguientes al de la última notificación que de la misma se haga al Ministerio Fiscal, a la representación de las demás partes y al propio acusado.
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