La convocatoria, publicada este lunes en el BON, establece que podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades locales (ayuntamientos, concejos, mancomunidades, etc.) legalmente constituidas, que desarrollen el plan según un protocolo que se estructura en tres fases: una primera de recogida de datos de la situación real, que incluye la relación del presupuesto que se ha destinado al mantenimiento de cada una de las instalaciones en los últimos 5 años; las actividades reales que se han realizado durante este periodo en cada una de las instalaciones; la descripción del estado de conservación de cada una de las instalaciones deportivas existentes, y el plano urbanístico de la zona de influencia con la ubicación de las instalaciones y de los centros escolares.
Asimismo, comprende una segunda fase de programación y planificación de actividades: el plan y programa de actividades físicas y deportivas que se quiere llevar a cabo por parte de la entidad local solicitante en los próximos 5 años, así como el modelo organizativo que se pretende desarrollar; y la estimación de presupuestos que se destinarían en los próximos años al plan de actividades que se haya elaborado.
Por último, en una tercera fase de análisis, elaboración y diseño del plan de funcionamiento, se debe incluir el estudio y valoración de la capacidad y posibilidades que tienen las instalaciones existentes, la detección de déficits en espacios deportivos, el análisis para cubrir los mismos, la determinación de las características técnicas y específicas que deben reunir los espacios e instalaciones deportivas necesarias, y la elaboración del plan de instalaciones conforme a las necesidades detectadas y prospectivas de futuro de la población.
No serán objeto de subvención los planes de instalaciones deportivas que no hayan completado el protocolo establecido y sean admitidos por el personal técnico de la Subdirección de Desarrollo Estratégico, Infraestructuras y Gestión de Recursos del INDJ, ha informado el Gobierno.
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