Hasta el 15 de abril se pueden solicitar las ayudas para artes escénicas y musicales profesionales

  • El departamento de Cultura, Deporte y Juventud del Gobierno foral ha aprobado la convocatoria de subvenciones a los municipios de Navarra, destinadas a apoyar la programación de artes escénicas y musicales profesionales en los espacios escénicos municipales de la Comunidad foral, Udal Platea Local, para el año 2019. El importe de las ayudas asciende a 552.000 euros.

Pueden solicitarlas, desde el próximo lunes, 18 de marzo, y hasta el 15 de abril, los municipios que pertenezcan a la Red de Teatros de Navarra o que sean titulares de un espacio escénico, y que cumplan los siguientes requisitos: municipios con una población de entre 10.0000 y 19.999 habitantes (a 1 e enero de 2018) o con una inversión mínima de 40.001 euros; y municipios de hasta 9.999 habitantes o con una inversión de hasta 40.000 euros.

La convocatoria tiene como objeto apoyar la programación, las actividades de mediación con los públicos, así como las residencias y otras acciones de artistas asociados mediante la contratación de profesionales de las artes escénicas y musicales. Éstas deberán realizarse entre el 6 de noviembre de 2018 y el 5 de noviembre de 2019, ambos inclusive, ha informado el Gobierno foral.

Las solicitudes deberán ser presentadas, obligatoriamente, de forma telemática en el Registro General Electrónico.

IMPORTE DE LAS AYUDAS

Las ayudas serán, como máximo, del 70% de los gastos subvencionables justificados, y se repartirán de forma proporcional y equitativa entre los ayuntamientos, en función de la puntuación obtenida en la baremación de las solicitudes.

Se consideran gastos subvencionables a los efectos de esta convocatoria los siguientes:

a) Los gastos realizados por la contratación de espectáculos de grupos profesionales, incluido el impuesto sobre el valor añadido.

b) Los gastos derivados de la contratación de profesionales para la realización de actividades de mediación con el público, incluido el impuesto sobre el valor añadido.

c) Los gastos derivados de la contratación de profesionales para la realización de proyectos de residencia, artistas asociados, nido/laboratorio de creación, incluido el impuesto sobre el valor añadido.

d) Los gastos derivados de la promoción y/o publicidad de la programación subvencionable, incluido el impuesto sobre el valor añadido.

e) Los gastos en concepto de derechos de autor incluido el impuesto sobre el valor añadido.

Se excluyen de esta convocatoria la contratación de grupos no profesionales; los gastos de viaje, transportes, comida y alojamiento; las actividades en las que participen entidades artísticas y/o culturales de la localidad, los gastos de alquiler de espacios y materiales, refuerzos técnicos y/o contratación de personal de asistencia, así como los gastos relativos a espectáculos promovidos por la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana.

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