Bizkaia aprueba un gravamen mínimo del 0,20% para los bienes inmuebles de características especiales

  • La Comisión de Economía y Hacienda de las Juntas Generales de Bizkaia celebrada este lunes ha aprobado, por unanimidad, un gravamen mínimo del 0,20% para los bienes inmuebles de características especiales.

Las nuevas Normas Forales que regulan, respectivamente, el impuesto sobre la extracción de Gas, Petróleo y Condensados y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, han centrado la reunión de la Comisión de Economía y Hacienda de las Juntas Generales de Bizkaia celebrada esta mañana en Bilbao. Ambas normas han sido aprobadas aunque con la incorporación de varias enmiendas, una de ellas aprobada por unanimidad.

La enmienda ratificada con el apoyo de todos los grupos y presentada conjuntamente por PNV y PSE-EE se refiere a la Norma Foral que regula el nuevo Impuesto sobre Bienes Inmuebles y, en concreto, a los bienes inmuebles de características especiales (BICES), una nueva categoría que se ha introducido y que se refiere a instalaciones como el Puerto de Bilbao o Petronor, que no encajan bien en la anterior doble catalogación de bienes inmuebles de naturaleza rústica y de naturaleza urbana.

La enmienda conjunta de los dos grupos establece que para los bienes inmuebles de características especiales "el tipo de gravamen mínimo y supletorio será el 0,20% y el máximo será el 0,80%" y que "los ayuntamientos podrán establecer tipos diferenciados por cada grupo y subgrupo de bienes a los que se refiere el apartado 2 del artículo 5 bis del Reglamento del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia".

El objetivo de esta enmienda es dotar de mayor seguridad jurídica a los Ayuntamientos en la aplicación de los tipos de gravamen aplicables a los BICES, así como garantizar la aplicación de un tipo de gravamen mínimo a los mismos en los ayuntamientos donde no se apruebe una ordenanza fiscal que lo determine. La enmienda se ha aprobado y ha quedado incorporada a la nueva normativa de la Diputación Foral de Bizkaia, según han informado las Juntas vizcaínas.

También se ha aprobado, con el único voto en contra del PP, la segunda enmienda conjunta presentada por PNV y PSE para modificar el artículo 3 de la citada Norma Foral, que establece el recargo del 50% a las viviendas de uso residencia vacías, estableciendo que "en ningún caso será de aplicación el recargo a los bienes inmuebles de uso residencial propiedad de las administraciones públicas y sus organismos instrumentales, e incluidos en su oferta pública de viviendas en alquiler asequible o cedidos por terceros a las mismas, en ejecución de programas públicos de intermediación en el mercado de alquiler de vivienda libre".

La Comisión de Economía y Hacienda ha debatido otras tres enmiendas presentadas por diferentes grupos y todas ellas referidas también al artículo 3 de la nueva Norma Foral que regula el IBI. Javier Ruiz (PP) ha pedido, vía enmienda, la supresión para todos los supuestos del recargo "que grava las viviendas que no constituyan la residencia del sujeto pasivo o de terceras personas y no únicamente para los inmuebles destinados a planes de vivienda pública de carácter social". Su propuesta de modificación ha sido rechazada, al sumar sólo el apoyo del Grupo Mixto y recabar los votos contrarios de PNV, PSE-EE, Podemos Bizkaia y EH Bildu.

En segundo lugar, se ha debatido la enmienda de Podemos Bizkaia que pedía aumentar el recargo que grava las viviendas vacías "al 150% de la cuota líquida del impuesto". La justificación de esta enmienda, presentada por la apoderada Eneritz de Madariaga, tenía por objeto "impulsar la salida de viviendas vacías al mercado de alquiler, entendiendo que la vivienda es un derecho de la ciudadanía vizcaína". La enmienda no ha salido adelante al sumar 11 votos en contra y los votos favorables de Podemos Bizkaia y EH Bildu.

El mismo resultado ha obtenido la votación de la enmienda de EH Bildu que pedía igualmente dar potestad a los Ayuntamientos para exigir un recargo de hasta el 150% de la cuota líquida del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a propietarios de inmuebles de uso residencial que no estén habitadas.

FRACKING

Por otro lado, el diputado de Hacienda, José María Iruarrizaga, ha comparecido en la Comisión de Economía y Hacienda para explicar la nueva norma aprobada el 4 de diciembre de 2018 sobre la extracción del Gas, Petróleo y Condensados.

Iruarrizaga ha destacado que la reciente modificación del Concierto Económico ha supuesto "la concertación del impuesto sobre la extracción de gas, petróleo y condensados" y la concesión a los Territorios Históricos de ciertas competencias para la exacción y exigencia de estos tributos.

Sobre esta nueva regulación se ha debatido una única enmienda, presentada por EH Bildu, que pedía que se aumentara el gravamen de gas obtenido por la técnica del fracking. En nombre de este grupo juntero, Arantxa Urkaregi ha recordado y criticado que el Tribunal Constitucional recurrió y dejó sin efecto algunos artículos de la Ley contra el fracking aprobada por el Parlamento Vasco. "Si no podemos prohibirlo el fracking en su totalidad, al menos, gravemos mucho más el gas obtenido por dicha técnica", ha defendido Urkaregi.

La enmienda de este grupo juntero afectaba al artículo 8º y solicitaba un aumento considerable de la escala de gravamen de la extracción de gas obtenido por técnicas de fracturación hidráulica de alto volumen; concretamente del 1%, 3% y 4%, según diferentes tramos del volumen de extracción, al 25%, 75% y el 100%, éste último para la extracción de más de 164,25 millones de m3 de gas utilizando el fracking.

La enmienda no ha salido adelante al contar sólo con el apoyo de EH Bildu y Podemos Bizkaia, frente a los 11 votos en contra del PNV, PSE-EE, PP y Grupo Mixto.

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