La normativa precedente ya obligaba a las actividades y establecimientos 'generadores de riesgos' o que tuvieran elementos vulnerables a realizar e implantar planes de autoprotección, aunque el decreto actual adecua la regulación a la nueva Ley de Gestión de Emergencias y a la vigente normativa estatal de protección civil.
El texto enumera las obligaciones que corresponden a las actividades a las que afecta el decreto, entre las que se incluye la necesidad de elaborar, implantar o actualizar un plan de autoprotección; realizar ejercicios o simulacros periódicos; o colaborar con las autoridades en la difusión y promoción de las medidas de autoprotección.
MEDIDAS
El decreto obliga a los centros escolares a programar actividades de información, prevención y divulgación en materia de protección civil, así como a realizar periódicamente un ejercicio o simulacro de evacuación.
Además, se establece que si en un mismo establecimiento, como en un centro comercial, se realizan diversas actividades que deban contar con planes de autoprotección, dicho centro deberá integrar los planes y el análisis de los riesgos de cada una de las actividades particulares, o realizar un plan de autoprotección integral único.
El decreto contempla específicamente la autoprotección ante emergencias en eventos temporales, como festivales de música u otros eventos multitudinarios. Con ese fin, se obliga a los organizadores a elaborar e implantar dispositivos de riesgos previsibles, siguiendo una metodología similar a la de los planes de autoprotección.
Además, se modifica la regulación del registro para adaptarlo a laadministración electrónica, de forma que los sujetos obligados inscribirán electrónicamente sus datos en el registro de planes de autoprotección.
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