Educación propone planes específicos de refuerzo para repetidores y acortar Bachillerato a alumnos con altas capacidades

  • La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte propone, en el proyecto de la Orden de Educación Inclusiva, medidas como la elaboración de planes de refuerzo personalizados para alumnos que tengan que repetir algún curso o acortar el Bachillerato a aquellos estudiantes con altas capacidades, de manera que puedan presentarse un año antes a las pruebas de acceso a la universidad.
Imagen de archivo de un aula
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Estas son algunas de las novedades que recoge el borrador de la orden que regula la organización de la respuesta educativa para la inclusión del alumnado en los centros docentes ordinarios sostenidos con fondos públicos y que la administración educativa llevará a la Mesa Sectorial de Educación del próximo 31 de enero.

El texto, adelantado por Levante-EMV y consultado por Europa Press, defiende la educación inclusiva como "un derecho" y, por tanto, asevera que "las administraciones educativas y los centros docentes han de desarrollar todas las actuaciones necesarias para garantizar la no discriminación, la igualdad de oportunidades, la accesibilidad universal, física, sensorial, cognitiva y emocional, y prever actuaciones de intervención educativa adecuadas, efectivas y eficientes para conseguir el éxito escolar".

"En este sentido, -prosigue el preámbulo -se deben mantener unas expectativas altas para todo el alumnado y no poner el foco únicamente en este, sino también y especialmente, en su contexto de desarrollo y aprendizaje y en las barreras que dificultan la inclusión".

Bajo esta premisa, la nueva orden apuesta por una atención más individualizada y por impulsar el refuerzo pedagógico, una medida "que puede aplicarse en cualquier etapa y que supone la adecuación de la metodología y de las estrategias organizativas que los centros determinan, llevadas a cabo con apoyos ordinarios", detalla.

Añade que, en horario lectivo, el refuerzo se tiene que realizar preferentemente dentro del aula ordinaria utilizando estrategias organizativas (desdoblamientos en grupos heterogéneos, docencia compartida...) que benefician todo el alumnado del grupo clase y posibilitan que el alumnado que lo recibe pueda participar en las actividades de las unidades didácticas programadas en su grupo de referencia. Cuando el apoyo se realiza fuera del horario lectivo, el objetivo tiene que ser que el alumnado supere lo antes posible sus dificultades y pueda participar en las mejores condiciones en las actividades educativas comunes.

El refuerzo iría dirigido a alumnado que tiene dificultades de aprendizaje en determinadas áreas o materias; el que ha promocionado con áreas o materias no superadas del curso anterior y repetidores. Sobre estos últimos, el borrador señala que para el alumnado de enseñanza obligatoria que no promociona de curso, el equipo docente "tiene que elaborar un plan específico de refuerzo dirigido a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior".

Respecto a la repetición de curso, apunta que puede aplicarse en cualquier momento de la enseñanza obligatoria y en Bachillerato y, a pesar de que tiene un "carácter excepcional", no requiere de forma preceptiva una evaluación sociopsicopedagógica.

En Educación Primaria, el alumnado puede permanecer un año más en el mismo curso una sola vez. En la ESO, un año más en el mismo curso una sola vez y como máximo dos dentro de la etapa. Cuando la segunda permanencia se produce en el tercero o cuarto curso, el alumnado tiene derecho a permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años de edad, cumplidos el año en que finaliza el curso.

En cuanto a Bachillerato, puede permanecer un año más en el mismo curso una segunda vez, a pesar de que, excepcionalmente, puede hacerlo dos veces en un mismo curso, con el informe favorable del equipo docente.

NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

Asimismo, cuando un alumno presenta necesidades educativas especiales o, excepcionalmente, cualquier otra situación personal debidamente acreditada que le impide seguir los estudios de Bachillerato en las condiciones ordinarias y no existe otra alternativa para cursar sus estudios, tiene la opción de cursar en dos años académicos los contenidos de las materias de cada uno de los cursos, que a los efectos del cómputo para la permanencia en el Bachillerato en régimen diurno le cuentan como un solo curso académico.

El decreto de inclusiva se refiere también a llamados popularmente superdotados y contempla la flexibilización de la duración de niveles, etapas y grados consistente en su incorporación a un curso superior al que corresponde a la edad, "siempre que disponga de un grado suficiente de madurez y de adquisición de las competencias clave para cursar adecuadamente el curso al cual se propone el acceso y se prevea que la medida es la más adecuada para el desarrollo de su equilibrio personal y de su socialización", subraya.

En este punto, prevé la posibilidad de que, en el caso de los estudiantes que al acabar el primer curso de Bachillerato se considere que ha conseguido las competencias de la etapa para la obtención del título, se le expida dicho certificado y puedan realizar la prueba de acceso a la universidad.

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