Tribunales.- Fijado para el 27 de enero el juicio contra el alcalde de Coria por el caso de la piscina

  • La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha fijado para las 10,00 horas del 27 de enero el comienzo del juicio promovido contra el alcalde de Coria del Río, Modesto González (PA), y Diego Luis Peña (PP) como anterior edil de Deportes, por un presunto delito de prevaricación administrativa asociado a la cesión de la gestión de la piscina cubierta municipal de la localidad, aspecto por el que la Fiscalía solicita nueve años de inhabilitación especial para cada uno de ellos.
El alcalde de Coria, Modesto González
El alcalde de Coria, Modesto González
AYUNTAMIENTO DE CORIA DEL RÍO - Archivo
El alcalde de Coria, Modesto González

Así figura en un auto y una diligencia de ordenación emitida recientemente por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla y recogida por Europa Press, documento en el que la Audiencia admite las pruebas propuestas por todas y cada una de las partes de cara a la vista oral.

Recordemos que a través de un auto "de incoación de procedimiento abreviado" emitido el pasado 23 de octubre de 2017 y recogido por Europa Press, el Juzgado mixto número tres de Coria del Río abordaba las diligencias incoadas en 2016 contra el alcalde de Coria, su anterior edil de Deportes y el actual concejal de Juventud, Hipólito Lobato, después de que el PSOE elevase a la Fiscalía el procedimiento seguido en 2013 para ceder la gestión y explotación de la piscina climatizada municipal, hasta entonces cerrada.

Según dicho auto, de las diligencias practicadas trascendían "indicios" de que entre octubre y noviembre de 2013, después de la moción de censura mediante la que el PA arrebató la Alcaldía de Coria al PSOE, Modesto Gónzález y Diego Luis Peña como su entonces concejal de Deportes "cedieron el uso y la explotación de la piscina municipal cubierta al Club Deportivo Korah, sin haberse tramitado previamente el correspondiente expediente administrativo de licitación".

Las diligencias, según el auto de incoación de procedimiento abreviado, apuntan a que el Club Korah fue constituido el 21 de octubre de 2013 y ese mismo día "se produce la firma del convenio de colaboración entre el club y el consistorio" para la gestión de la piscina, si bien dicho convenio fue seguido de otros firmados el 28 de noviembre y el 5 de diciembre de aquel año.

El auto judicial hacía especial hincapié, además, en que el Ayuntamiento y el club acordaron en su convenio que la Administración local correría con los gastos de agua y electricidad de la piscina, mientras el club asumiría los costes de personal y de mantenimiento de las instalaciones deportivas. Y es que pese a ello, "constan" en las diligencias según el juez instructor, facturas pagadas por el Ayuntamiento para reparaciones y trabajos de mantenimiento en la piscina municipal.

MÁS COBROS

Es más, según dicho auto, "una segunda sociedad" participada por uno de los socios del Club Korah, encargado de la gestión de la piscina, habría cobrado diversas facturas al Ayuntamiento con relación a dicho recinto deportivo. Una de las facturas, en ese sentido, respondería a servicios de "guarda y custodia de las instalaciones y limpieza del edificio de la piscina".

Todo ello, según el auto, en un escenario en el que no constan indicios de que el Ayuntamiento hubiese "participado en los rendimientos o beneficios que del Club Deportivo Korah se hubiesen podido generar" por la explotación de la piscina municipal cubierta.

Dado el caso, el juez instructor apreciaba un presunto delito de prevaricación administrativa y ordenaba continuar las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado contra Modesto González y el que fuera concejal de Deportes durante 2013, el popular Diego Luis Peña. En cuanto a Hipólito Lobato, actual concejal de Juventud, el juez instructor decidía sobreseer las actuaciones respecto a él, al haber asumido las competencias municipales relativas a deportes "con posterioridad a los hechos investigados".

Después, y en un contexto en el que la Fiscalía había pedido para cada uno de los dos acusados una pena de nueve años de inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público, el Juzgado mixto número tres de Coria, merced a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ordenaba la "apertura de juicio oral" contra Modesto González y Diego Luis Peña por un presunto delito de prevaricación administrativa.

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