El Ayuntamiento autoriza la celebración de zambombas navideñas desde este domingo hasta el 25 de diciembre

  • El alcalde de Cádiz, José María González, ha emitido un bando municipal en el que informa de que las tradicionales zambombas, "entendidas como una manifestación cultural excepcional y genuina de Andalucía", podrán celebrarse entre el 24 de noviembre y el 25 de diciembre entre las 14,00 y las 00,00 horas.

En un comunicado, el Consistorio ha explicado que el objetivo del bando es "adecuar su celebración a la normativa vigente y compatibilizar dicha actividad con el respeto y consideración al descanso de los vecinos".

En dicho bando se establece que quedarán sujetas a autorización municipal previa las zambombas de tipo "profesional que se celebren en establecimientos autorizados para el desarrollo de otra actividad, sean o no de espectáculos públicos o de actividades recreativas, entendidas y concebidas como aquellas en las que el establecimiento contrata la actuación, aun cuando no perciben remuneración".

También deberán solicitar permiso las que se celebren en plazas, calles y espacios de dominio público, organizadas por particulares o asociaciones sin ánimo de lucro. Igualmente, tendrán que solicitarlo las que se celebren en terrazas y veladores situados en la vía pública o en superficies privadas no delimitadas por elementos de obra que impidan o restrinjan el libre uso público.

Con el fin de poder tramitar la autorización previa como actividad extraordinaria, los organizadores "quedan obligados a presentar la solicitud habilitada al efecto con al menos 15 días de antelación sobre la fecha prevista para la celebración del evento". Los establecimientos y locales tendrán que dirigir la solicitud a la Delegación de Urbanismo, mientras que en los espacios de dominio público, terrazas o veladores tendrá que dirigirse a la Delegación de Vía Pública.

Por otra parte, según recoge el bando, no tendrán necesidad de autorización municipal previa y extraordinaria las zambombas que se celebren en establecimientos autorizados como salas de fiestas, salón de celebraciones, teatros y auditorios, siempre que se realicen bajo los requisitos y límites de la misma.

Tampoco necesitarán autorización las zambombas de carácter "tradicional", entendidas como aquellas celebraciones participativas en las que no hay separación entre protagonistas y el resto del público, que se celebren en establecimientos autorizados para el desarrollo de otra actividad, sean o no de espectáculos públicos y actividades recreativas. En cualquier caso, los requisitos y límites son que se celebren en el periodo y horario señalado, que no superen los límites de ruidos admisibles que exige la convivencia ciudadana y el respeto a los demás y, además, no se permitirá el uso de equipos amplificadores de sonido y/o reproductores de música.

Por último, el Ayuntamiento ha explicado que, "dado el carácter extraordinario de este tipo de eventos, no se autorizarán zambombas para un mismo establecimiento que respondan a una programación cíclica o que se pretendan celebrar y desarrollar con periodicidad". Por lo tanto, solo se podrá otorgar un máximo de cinco autorizaciones por establecimiento.

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