Permitirán a los vecinos instalar placas solares en sus edificios

Urbanismo aprueba hoy un cambio en la normativa. Hasta ahora sólo era posible hacerlo en instalaciones de uso industrial.

Cualquier comunidad de propietarios o titular de una vivienda podrá instalar paneles fotovoltaicos y térmicos para captar energía encima de las viviendas, pero donde no se les vea mucho. La Gerencia de Urbanismo aprueba hoy un cambio en la normativa vigente que lo permite, pues hasta ahora sólo se aceptaba hacerlo en instalaciones que tuvieran uso industrial.

De esta forma, se modifica el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1997 (aún vigente mientras se aprueba la revisión donde ya se contempla), donde se restringía la colocación de tecnología para aprovechar la energía solar a hipermercados, centros de ocio, grandes almacenes y oficinas.

Eso sí, se establecerán requisitos: la energía procedente de las placas no podrá ser mayor que la que consume el bloque o la vivienda en cuestión, por lo que la electricidad generada será sólo para uso propio de sus residentes y no se podrá vender a otros. Para presentar la solicitud habrá que esperar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

La UE ha recomendado que en dos años (2010) el 12% del consumo energético proceda de fuentes alternativas.

Con 1 m2, el gasto de una aspiradora

Las placas solares térmicas se usan para calentar el agua y así evitar hacerlo consumiendo electricidad o gas. También se pueden instalar placas solares fotovoltaicas, capaces de generar aproximadamente 1 kilovatio/m2 instalado. Por ejemplo, la potencia media de una batidora es de 60 vatios (1 kw = 1.000 vatios); la de una campana extractora, entre 150-200 w; el congelador (300); el horno (2.000); el lavavajillas (3.000), la aspiradora (1000), la ducha de termo eléctrico (3.000- 6.000), y la lavadora (2.500). Una radio gasta sólo 50 watios.

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