La sentencia, que no hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes, puede ser impugnada ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa mediante recurso de apelación en un plazo de 20 días.
El juzgado estima la excepción de la prescripción alegada por Mondragon, entre otros motivos, por que los excooperativistas "no han realizado reclamación extrajudicial alguna" desde la quiebra de Fagor Electrodomésticos y Edesa Industral.
La resolución judicial señala que "no puede considerarse el 15 de febrero de 2015" como sostienen los demandantes como "fecha del inicio del cómputo de la prescripción". "Es cierto que es esa fecha cuando se comunica por el presidente del consejo rector la pérdida de condición de socuos, sin embargo no puede considerarse tal fecha como el momento en que adquieren los actores conocimiento de la realidad del daño", sostiene.
(Habrá ampliación)
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios