Absuelven a una aseguradora de pagar 33.000 euros por una invalidez porque la cliente no informó de enfermedades

  • La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Baleares ha absuelto a una aseguradora de pagar 33.000 euros de una póliza de invalidez permanente absoluta porque la mujer asegurada no informó de las enfermedades que ya padecía y que determinaron la incapacidad absoluta.
La sede del TSJIB y la Audiencia Provincial
La sede del TSJIB y la Audiencia Provincial
Europa Press - Archivo
La sede del TSJIB y la Audiencia Provincial

En concreto, la Audiencia ha desestimado el recurso presentado por la mujer contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Palma que daba la razón a la empresa.

La mujer pedía que se condenara a la aseguradora a pagarle 33.075 euros más los intereses por la póliza de seguro que había contratado, en la que se incluía garantía contratada la invalidez permanente absoluta.

La actora causó baja por enfermedad común en septiembre de 2013, y le fue reconocida la situación de incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo mediante resolución de la Dirección Provincial de la Seguridad Social de Baleares en febrero de 2015.

Sin embargo, la aseguradora se opuso al pago de la indemnización alegando que la mujer había faltado a la verdad al suscribir la declaración de estado de salud, porque había omitido las enfermedades que causaron la incapacidad.

La sentencia de instancia dio la razón a la empresa entendiendo que la mujer había incumplido su deber de declarar al ocultar datos relevantes sobre su estado de salud, y que eso liberaba a la aseguradora de cumplir su prestación.

La mujer impugnó la sentencia porque negaba haber suscrito ningún cuestionario de salud. Se aportó únicamente un documento de declaración sobre el estado de salud, que la mujer reconoció haber firmado, pero consideraba que debía haberse presentado el original. No obstante, dado que en el juicio manifestó que no impugnaba el documento -y por lo tanto, no se cuestiona su autenticidad-, la Audiencia entiende que no es obligatorio incorporar el original.

Además, los magistrados creen que este documento constituye un cuestionario de salud porque contiene hasta cuatro preguntas relativas a enfermedades graves, bajas médicas y tratamientos, de forma que "la respuesta afirmativa exige ampliar la información con fechas, resultados y situación actual", para que la aseguradora pueda conocer los aspectos de salud determinantes del riesgo.

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