Se trata de los ataques que quedaron sin indemnización por la modificación de la del art. 54.6 de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente estableció, aunque ya no existía obligación legal de hacerlo, un sistema de pagos compensatorios para los ataques de lobo al sur del río Duero, donde la especie tiene la consideración de estrictamente protegida, al entender que resultaba totalmente necesario tanto por razones de conservación como para el mantenimiento de la ganadería extensiva.
Dicho sistema de pagos compensatorios entró en vigor el 30 de mayo de 2016. La imposibilidad legal de dar carácter retroactivo a estos pagos compensatorios, dio lugar a que los daños originados a 199 ganaderos afectados en las fechas comprendidas entre el 7 de octubre de 2015 y 30 de mayo de 2016, no pudieran ser debidamente compensados.
El actual sistema de pagos compensatorios ha permitido reducir el plazo de pago de la compensación, situándose en una media de 20 de días desde la comunicación del ataque, incluyendo tanto el daño real como el lucro cesante.
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