La letrada propone al tribunal de Luxemburgo que se pronuncie en este sentido en su futura sentencia. El caso fue elevado a la Justicia europea por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha tras un litigio entre dos profesores interinos y la Consejería de Educación de esa comunidad autónoma.
Así, la abogada general argumenta en sus conclusiones, que no son vinculantes de cara al futuro fallo, que "la finalización del periodo lectivo no puede suponer una razón objetiva para el trato desfavorable sufrido por los funcionarios interinos" y además señala que la práctica española "adolece de falta de transparencia" por varias razones.
En concreto, este tipo de decisiones del gobierno de Castilla-La Mancha contraviene un acuerdo entre el Ministerio de Educación y el sindicato ANPE que establece que establecía que los funcionarios interinos deben ser mantenidos en sus puestos durante el verano si a 30 de junio hubieran prestado servicios durante al menos cinco meses y medio.
En cambio, según la abogada general, la ley de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha de 2012 "pretendía eludir dicho acuerdo" compensando simplemente a los funcionarios interinos en el momento de su cese, de forma proporcional, por un máximo de veintidós días de vacaciones, "en lugar de permitirles que sigan percibiendo su sueldo durante el período sin docencia".
Por otra parte, la letrada sostiene que, según el Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad, la práctica consistente en el cese al finalizar el período lectivo no se aplica de manera uniforme, puesto que no todos los funcionarios interinos son cesados al finalizar el período lectivo, por lo que "las autoridades educativas pueden decidir en cada caso concreto de forma en cierto modo arbitraria si un funcionario interino es cesado o no".
(-. Firma: LVR/SJR .-
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