La sentencia desestima el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Palma contra la primera sentencia por esta causa, que fue interpuesta por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma en julio del año pasado y se "confirma en su integridad".
Asimismo, impone las costas a Cort, con un límite de 500 euros, y especifica que contra esta sentencia cabe interponer un recurso de casación.
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