¿Qué bienes y derechos están exentos del Impuesto sobre el Patrimonio (IP)?

Singulares son también los proyectos en los que entremezcló artes plásticas con música, arquitectura, nuevas tecnologías y ciencia, que pueden verse en una sala con contenido más experimental. Destacan, por ejemplo, su proyecto para la compañía IBM: una estructura móvil y luminosa sincronizada con la música y la poesía concreta, elaborada en 1969 por Eusebio Sempere junto con el músico Cristóbal Halffter y el poeta Julio Campal; o su participación en el Proyecto de música electrónica (1967), que realiza con el grupo ALEA de Luis de Pablo entre 1969 y 1972; de los que surgen algunas obras realizadas con computadora. Tras la clausura en Madrid, la muestra viajará a la nueva sede del Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM) en la ciudad de Alcoy.Foto: Joaquín Cortés/Román Lores. Archivo fotográfico del Museo Reina Sofía.
Singulares son también los proyectos en los que entremezcló artes plásticas con música, arquitectura, nuevas tecnologías y ciencia, que pueden verse en una sala con contenido más experimental. Destacan, por ejemplo, su proyecto para la compañía IBM: una estructura móvil y luminosa sincronizada con la música y la poesía concreta, elaborada en 1969 por Eusebio Sempere junto con el músico Cristóbal Halffter y el poeta Julio Campal; o su participación en el Proyecto de música electrónica (1967), que realiza con el grupo ALEA de Luis de Pablo entre 1969 y 1972; de los que surgen algunas obras realizadas con computadora. Tras la clausura en Madrid, la muestra viajará a la nueva sede del Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM) en la ciudad de Alcoy.Foto: Joaquín Cortés/Román Lores. Archivo fotográfico del Museo Reina Sofía.
MUSEO REINA SOFÍA
Singulares son también los proyectos en los que entremezcló artes plásticas con música, arquitectura, nuevas tecnologías y ciencia, que pueden verse en una sala con contenido más experimental. Destacan, por ejemplo, su proyecto para la compañía IBM: una estructura móvil y luminosa sincronizada con la música y la poesía concreta, elaborada en 1969 por Eusebio Sempere junto con el músico Cristóbal Halffter y el poeta Julio Campal; o su participación en el Proyecto de música electrónica (1967), que realiza con el grupo ALEA de Luis de Pablo entre 1969 y 1972; de los que surgen algunas obras realizadas con computadora. Tras la clausura en Madrid, la muestra viajará a la nueva sede del Instituto Valenciano de Arte Moderno (IVAM) en la ciudad de Alcoy.Foto: Joaquín Cortés/Román Lores. Archivo fotográfico del Museo Reina Sofía.

Tu cama, tu armario o tu lavadora, a menos que tengan años de Historia y puedan catalogarse como un bien artístico, no tienen que ser declarados como un bien patrimonial. Sin embargo, un automóvil con una cilindrada igual o superior a 125 centímetros cúbicos o una antigüedad, sí.

¿Cómo saber qué bienes y derechos están exentos del impuesto sobre el patrimonio?

El manual práctico de la renta 2017 facilitado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la página web de la Agencia Tributaria establece, con carácter general, los siguientes:

  • Bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español
  • Bienes integrantes del Patrimonio Histórico de las Comunidades Autónomas
  • Determinados objetos de arte y antigüedades
  • Ajuar doméstico
  • Derechos de contenido económico de los beneficiarios en un plan de pensiones, que correspondan a primas satisfechas a planes de previsión asegurados del artículo 51.3 de la Ley del IRPF, de aportaciones realizadas a planes de previsión social empresarial, derivados de las primas satisfechas por el sujeto pasivo a los contratos de seguro colectivo y aquellos que correspondan a primas satisfechas a los seguros privados que cubran la dependencia.
  • Derechos derivados de la propiedad intelectual o industrial, siempre y cuando sigan siendo patrimonio del autor y no estando sujetos a actividades empresariales.
  • Valores pertenecientes a no residentes cuyos rendimientos estén exentos Patrimonio empresarial y profesional, siempre que la actividad económica, empresarial o profesional, “se ejerza de forma habitual, personal y directa por el contribuyente y constituya su principal fuente de renta”.
  • Participaciones en determinadas entidades, con o sin cotización en mercados organizados, a excepción de las participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
  • La vivienda habitual del contribuyente, si su valor es inferior o igual a 300.000 euros.

Todos ellos están sujetos a requisitos y condiciones varias, que se pueden encontrar en los documentos legislativos correspondientes, aunque sí que cabe hacer alguna aclaración sobre ciertas de las exenciones con carácter general que se mencionan arriba. Por ejemplo, los bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español, deben estar inscritos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural o en el Inventario General de Bienes Muebles y, si forman parte de las Zonas Arqueológicas o Sitios o Conjuntos Históricos, no todos están exentos.

Por su parte, los objetos de arte y antigüedades deben ser obras originales ya sean pinturas, esculturas, dibujos, grabados, litografías u otros análogos, siempre y cuando su valor corresponda a los parámetros legales por cada categoría u antigüedad. Por ejemplo: inferior a 90.151,82 euros, en el caso de obras pictóricas y escultóricas con menos de 100 años de antigüedad. Su autor también está exento de declararlas si sus obras siguen formando parte de su patrimonio, así como aquellos que hayan sido cedidos por los propietarios en depósito permanente durante más de tres años a museos o instituciones sin ánimo de lucro.

¿Qué sucede con lo que tienes por casa?

En general, no tienes que declarar como bien patrimonial tu mobiliario ni el resto de tu ajuar doméstico, guardando ciertas excepciones: “joyas, pieles de carácter suntuario, automóviles, vehículos de dos o tres ruedas con cilindrada igual o superior a 125 centímetros cúbicos, embarcaciones de recreo o deportes náuticos, aeronaves u objetos de arte y antigüedades”.

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