Lograr que la vivienda vacía entre en el mercado del alquiler, objetivo del nuevo Decreto Foral de Vivienda Deshabitada

  • PAMPLONA, 14 (EUROPA PRESS)
El vicepresidente de Derechos Sociales en la rueda de prensa
El vicepresidente de Derechos Sociales en la rueda de prensa
EUROPA PRESS
El vicepresidente de Derechos Sociales en la rueda de prensa

El Gobierno de Navarra ha abierto el trámite para presentar aportaciones y alegaciones al proyecto de Decreto Foral del Registro de Viviendas Deshabitadas, que tiene como objetivo "lograr que la vivienda vacía entre en el mercado del alquiler". También se ha abierto el plazo para presentar alegaciones al proyecto de Decreto Foral del Registro de Agentes Inmobiliarios.

Ambos textos se podrán consultar hasta el 7 de junio en el portal de Gobierno Abierto y pueden enviarse sugerencias e ideas a la siguiente dirección de correo electrónico 'participacion@navarra.es'.

El vicepresidente de Derechos Sociales del Gobierno foral, Miguel Laparra, ha destacado que los objetivos del Decreto Foral del Registro de Viviendas Deshabitadas, al igual que los de la ley que desarrolla, son "lograr que la vivienda vacía aflore al mercado del alquiler; que una parte importante del mismo pueda realizarse a través de la bolsa de vivienda y, por tanto, a precios asequibles; y avanzar en la garantía del derecho a la vivienda a toda la sociedad navarra".

Además, "la puesta en uso de vivienda vacía tiene el doble efecto de contribuir a la generación de empleo y a la sostenibilidad ambiental", así como "el impulso a la rehabilitación que a buen seguro requerirán parte de estas viviendas", ha resaltado.

Laparra también ha puesto en valor "las numerosas ventajas de la bolsa de vivienda como instrumento que permite automáticamente evitar cualquier sanción o impuesto añadido, como son la garantía de cobro y de no tener desperfectos, las ayudas directas de tres mensualidades para los propietarios, o los créditos de hasta 12.000 euros a coste cero, si la vivienda requiere de arreglos previos a su puesta en alquiler". "Gracias a estas ventajas se ha alcanzado una cifra récord, con un total de 582 viviendas adscritas ya a la Bolsa de Alquiler, a fecha 1 de mayo", ha remarcado.

Según ha indicado, "no se trata tanto de un instrumento punitivo, sino de respaldar una política de detección de vivienda vacía, para facilitar su destino al arrendamiento, así como la rehabilitación de la misma". Solo quienes incumplan sistemáticamente con ese deber, manteniendo vacía una vivienda durante un plazo superior a dos años, y sean además personas jurídicas, podrán soportar sanciones, incluyéndose en última instancia la posibilidad de llegar a expropiar incluso tales viviendas, ha remarcado.

En el caso de la vivienda propiedad de personas físicas, Laparra ha detallado que la declaración de vivienda deshabitada por un período de mínimo de 6 meses, y tras rechazar previamente medidas de fomento como el ofrecimiento de la vivienda a la Bolsa de Alquiler, podrá suponer la exacción de un nuevo impuesto por parte de los municipios, que previamente tendrá que aprobar la ordenanza reguladora del mismo dentro de las previsiones contenidas en la ley foral de Haciendas Locales de Navarra.

INSTRUMENTO "IMPRESCINDIBLE"

En concreto, el proyecto de Decreto, en 21 artículos, establece la naturaleza del Registro de Viviendas Deshabitadas, "instrumento necesario e imprescindible para poder aplicar la normativa", ha expuesto Laparra. Este Registro se integra en el Registro de Viviendas ya existente, con el fin de "servir de instrumento informativo al servicio de las políticas públicas para un medio urbano sostenible, facilitando los datos necesarios para diseñar la política de vivienda del Gobierno de Navarra y de las entidades locales".

Contempla una serie de presunciones que "facilitarán la tarea de elaborar un censo de viviendas deshabitadas, y minimizarán las posibles molestias a los ciudadanos, presumiendo, salvo prueba en contrario, qué viviendas son domicilio habitual y permanente, y cuáles son segunda residencia (solo una por persona física)". En ese sentido, solo podrán verse afectadas por un mayor impuesto de contribución urbana las personas físicas que dispongan de al menos tres viviendas, en la medida en que dos de ellas sean la de residencia habitual y segunda residencia de ocio.

En última instancia, las actividades de comprobación y control a efectos de determinar la existencia de viviendas con indicios de desocupación se realizará conforme a la planificación que se establezca en el plan bienal de inspección en materia de vivienda, primando las zonas con demanda acreditada de vivienda, las localidades que hayan aprobado la correspondiente ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre viviendas deshabitadas, y las viviendas propiedad de personas jurídicas.

Actualmente, se estima que 17.854 viviendas en Navarra son propiedad de personas jurídicas, de las cuales 4.102 son propiedad de la Administración, sea estatal, local o autonómica. El número de viviendas propiedad de sociedades mercantiles privadas (anónimas o limitadas) asciende a 11.181 viviendas: 3.898 en Pamplona, y 7.283 en el resto de Navarra. El Gobierno de Navarra ya ha requerido información sobre la situación de las viviendas a las sociedades mercantiles propietarias de 20 viviendas o más. A la espera de poder ultimar el registro, se estima que unas 13.000 viviendas en Navarra pueden estar deshabitadas.

REGISTRO DE AGENTES INMOBILIARIOS

Por otro lado, hasta el 7 de junio puede igualmente consultarse y presentarse alegaciones al proyecto o borrador del Registro de Agentes Inmobiliarios de Navarra.

El texto presentado regula en 17 artículos el objeto, fines y funcionamiento del Registro, que se articula como un registro voluntario, de carácter público y gratuito, de naturaleza administrativa, y que será accesible en el sitio web informativo en materia de vivienda en Navarra: www.vivienda.navarra.es, ha explicado el vicepresidente.

Igualmente, regula el procedimiento y los requisitos de los agentes inmobiliarios para poder solicitar su inscripción. Requisitos o exigencias mínimas en materia de ubicación (será necesario disponer de una dirección física en el territorio de la Comunidad foral), capacitación profesional (experiencia mínima, titulación, formación), solvencia (existencia de garantía y póliza de seguros de responsabilidad civil) y buen hacer profesional.

El objetivo en última instancia es "distinguir o reconocer a los buenos profesionales, con el ánimo de que la persona ciudadana, cuando va a realizar operaciones tan importantes y complejas como comprar, vender o arrendar una vivienda, pueda dirigirse a quien va a defender sus derechos como consumidor, contribuyendo a un mejor funcionamiento del mercado, y a que dicho mercado sea fiable o transparente".

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