Torremolinos abre este lunes el plazo para solicitar la ayuda de reducción mínima del 25% a los recibos del IBI

  • El Área Económica del Ayuntamiento de Torremolinos (Málaga) abrirá este lunes, 14 de mayo, y hasta el 29 de junio el plazo para que los titulares de recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) puedan solicitar las subvenciones previstas para este ejercicio de 2018.

Las ayudas oscilarán entre el 25 y el 75 por ciento del importe del recibo, siempre que la vivienda sea residencia habitual y se cumplan los límites máximos de renta de la unidad familiar establecidas en la convocatoria.

En este sentido, desde el Ayuntamiento han destacado que el recibo del IBI del presente año se verá reducido en un 25 por ciento como mínimo gracias a la bajada del tipo impositivo aprobado por el pleno municipal.

Así, el Consistorio destina en los presupuestos de 2018 una partida de 2,5 millones de euros para la concesión de estas ayudas, enfocadas especialmente a personas en situación de vulnerabilidad por bajos niveles de renta.

El tope de la subvención es de 400 euros por beneficiario y, como novedad este año, incluye la posibilidad de acceder a la misma a aquellas unidades familiares que tengan una segunda vivienda, siempre que el porcentaje de propiedad sea inferior al 50 por ciento.

En cuanto a los destinatarios de las subvenciones al IBI, han explicado en un comunicado que son las personas físicas, titulares del recibo de IBI que, en conjunto con las personas que conviven con ella, tengan un nivel de renta inferior en función de un baremo referenciado con el IPREM, y siempre que la vivienda sobre la que se solicita la ayuda sea la vivienda habitual.

También podrán solicitarla las personas físicas separadas o divorciadas legalmente con sentencia judicial firme que, aun no siendo titulares del recibo del impuesto, sean cotitulares de la vivienda, la ocupen como vivienda habitual y cumplan con el resto de los requisitos.

Así como aquellas personas físicas arrendatarias de viviendas que estén acogidas al régimen de alquiler con la Agencia de Vivienda y Rehabilitación del Suelo de Andalucía (AVRA) siempre que se trate de su vivienda habitual y cumplan con el resto de los requisitos.

La unidad familiar podrá contar con un segundo bien inmueble, siempre que su uso sea el de vivienda, cuando el porcentaje de propiedad sea inferior al 50 por ciento. Así, cuando en esa segunda vivienda esté empadronado un familiar ascendiente o descendiente del titular del recibo, al menos desde el 1 de enero de 2018, no se tendrá en cuenta el porcentaje de propiedad.

En cuanto al nivel de renta para ser beneficiario mencionado anteriormente, han subrayado que en caso de tratarse de una sola persona se establece en 29.820,56 euros brutos anuales; en caso de dos empadronados el límite está en 37.275,70 euros; para tres personas en 44.730,84 euros; para cuatro en 52.185, euros; para cinco en 59.641,12 euros; y para seis miembros en la unidad familiar el límite de ingresos se sitúa en 67.096,26 euros.

La finalidad de estas subvenciones municipales, han afirmado, es contribuir al sostenimiento de un colectivo de personas que, por razones de renta inferior, son particularmente vulnerables.

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