El Juzgado de lo Penal número tres de Vigo ha condenado al líder de los gitanos 'Morones', Sinaí Giménez, a una pena de 2 años y nueve meses de prisión por un delito de amenazas condicionales respecto a un miembro del grupo de gitanos conocido como 'zamoranos', Felipe S.S.
Tal y como consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la jueza considera probado que, a lo largo del año 2015, en los mercadillos de distintas localidades de Pontevedra se produjeron "numerosos incidentes entre dos grupos de feriantes conocidos como el 'Clan Morones' y el 'Clan de los Zamoranos'.
En este contexto, manifiesta que el 6 de noviembre de ese año, Sinaí Giménez, con sus hermanas María Consuelo e Irene, otra acusada de nombre Deborah G.J., y otras 30 personas no identificadas, se dirigió a Felipe S.S. y, "con intención de amedrentarle y forzarle a abandonar el lugar, le dijo: 'Felipe, vuelve a irte para Zamora, esta tarde voy a tu casa para matarte a ti y a toda tu familia'".
A continuación, agrega la jueza, lanzó "un hierro" a Felipe S.S., "sin alcanzarle", y añadió entre otros comentarios y mientras hacía "el gesto de empuñar un arma con las manos": "Felipe, te voy a pegar dos tiros con mi pistola".
Mientras tanto, continúa la jueza, sus hermanas le dijeron "con idéntico ánimo": "Violadores, os dedicáis a comprar niños, estáis todos muertos. Galicia es de los Morones, marcharos para Zamora y Valladolid". Al mismo tiempo, Deborah G.J. hizo con la mano "el gesto de cortarles el cuello".
PENAS
Por todo ello, en la sentencia, que puede ser recurrida, la jueza condena a Sinaí Giménez por un delito de amenazas condicionales a 2 años y nueve meses de prisión, y le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de Felipe S.S., su domicilio, lugar de trabajo, así como comunicarse con él durante un periodo de cuatro años.
Además, condena a las hermanas de Sinaí Giménez y a Deborah G.J. por sendos delitos de amenazas condicionales a 1 año y nueve meses de cárcel para cada una y a la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de Felipe S.S., su domicilio, lugar de trabajo, así como comunicarse con él durante un periodo de tres años.
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