La autoridad judicial considera que el acto administrativo fue dictado "de forma evidente, esperpéntica y clamorosa por un órgano sin competencias" para ello, ya que el contrato supera la cantidad que el Consejo Rector de la Radio Televisión Canaria (RTVC) puede autorizar.
El auto es susceptible de recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Santa Cruz de Tenerife.
(Habrá ampliación)
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