El texto, que el Gobierno remitió al Parlamento de Cantabria a finales de 2016, se aprobó el 12 de marzo por unanimidad salvo los artículos y disposiciones relativas a la creación del Consejo de Transparencia de Cantabria, en los que el PP votó en contra.
La Ley somete a las obligaciones de transparencia no solo a la administración pública y sus entes, sino también a los prestadores de servicios públicos y a las personas que ejerzan potestades administrativas, los adjudicatarios de contratos del sector público, los partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales, así como las asociaciones y fundaciones privadas que se financien con fondos públicos, a partir de ciertos umbrales -25.000 euros o cuando el 40% de su financiación sea dinero público-.
Incluye, además, la creación del Consejo de Transparencia de Cantabria como órgano que actuaría con independencia orgánica y funcional, aunque "se deja en suspenso" y no se contempla a corto plazo; y establece un régimen sancionador.
La entrada en vigor es a los seis meses de su publicación en BOC, de manera que toda la información que se prevé publicar esté disponible en formatos accesibles y reutilizables y dé tiempo a realizar los oportunos cursos de formación, tanto a los sujetos obligados como a los empleados públicos. En su caso también permitirá hacer las oportunas campañas de promoción.
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