Con fecha 31 de mayo de 2017, recuerdan en el comunicado, la trabajadora a través de los Servicios Jurídicos de CCOO La Rioja solicitaba "se le declarara la condición de personal indefinido no fijo del Ayuntamiento de Arnedo ya que su situación contractual estaba en fraude de Ley según el artículo 70.1 del Estatuto Básico del Empleado Público y la unificación de doctrina establecida por el Tribunal Supremo, llevando 16 años como trabajadora interina cuando el máximo permitido son tres años".
La sentencia también declara "el derecho de la trabajadora al reconocimiento de la antigüedad, cinco trienios y por tanto al abono de los mismos mas los intereses moratorios". Tal como señalaban los Servicios Jurídicos de CCOO La Rioja, en el abono de la antigüedad "no se puede discriminar a las trabajadoras y trabajadores por su condición de fijos o temporales, según doctrina del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea".
Además, según informan desde CCOO La Rioja, está visto para sentencia el caso de otra trabajadora del Ayuntamiento de Arnedo con una demanda similar.
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