García se ha expresado así en relación al dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) que establece una trabajadora embarazada puede ser despedida en el marco de un despido colectivo.
La sentencia responde a la cuestión elevada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sobre el caso de una empleada de Bankia que fue despedida en noviembre de 2013, estando embarazada, en el marco de un despido colectivo de la entidad financiera.
En concreto, la Justicia europea ha concluido que la directiva sobre seguridad y salud de trabajadoras embarazadas no se opone a una ley nacional que permite el despido de una trabajadora embarazada con motivo de un despido colectivo.
El TUE explica que una decisión de despido que se haya tomado por razones "esencialmente relacionadas con el embarazo" es "incompatible con la prohibición de despido" que recoge la directiva, pero si se ha tomado atendiendo a razones no relacionadas con el embarazo "no es contrario a la directiva" si el empresario comunica por escrito los motivos justificados de despido.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios