El Seprona interviene un caimán disecado que se hallaba expuesto en un comercio de Valladolid

  • Efectivos del Seprona de la Guardia Civil de Valladolid se han incautado de un ejemplar de caimán disecado que permanecía expuesto en un comercio de la capital, según informaron a Europa Press fuentes del Instituto Armado.
Ejemplar de caimán disecado intervenido por la Benemérita.
Ejemplar de caimán disecado intervenido por la Benemérita.
GUARDIA CIVIL DE VALLADOLID.
Ejemplar de caimán disecado intervenido por la Benemérita.

La incautación hoy conocida del animal, ejemplar de reptil naturalizado de la familia de los Alligatoridae, especie protegida por el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (Cites), se produjo el pasado día 12 de febrero.

El caimán intervenido se encontraba expuesto al público en el interior de una tienda de Valladolid, cuyo titular fue requerido para que mostrara la documentación Cites que amparase su tenencia. Al no contar con dicho documento, le fue intervenido y puesto a disposición de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de Castilla y León en Valladolid, autoridad competente en la materia.

Su propietario se enfrenta ahora a una sanción por la comisión de una infracción en materia de contrabando e impuestos especiales.

El Convenio Cites fue firmado en Washington el 3 de marzo de 1973, y España se adhirió el 16 de mayo de 1986. El objetivo final del Convenio es contribuir a garantizar que el comercio internacional de animales y plantas silvestres sea legal, sostenible y trazable.

El sistema de permisos y certificados establecido permite que toda mercancía Cites se encuentre perfectamente documentada y se conozca su origen, destino y motivo por el que se comercializa, siendo uno de los cometidos realizados de forma habitual por los componentes del Seprona de la Guardia Civil realizar la inspección documental ante la observancia de las especies protegidas por el convenio.

El Convenio CITES establece la necesidad de obtener permisos de exportación en el país de origen y de importación en el de destino previos al intercambio de los ejemplares que se encuentran amenazados o próximos a estarlo, exigiendo la utilización de permisos oficiales para autorizar su comercio o tenencia, no solo de animales, también de plantas, vivos o muertos, sus partes, derivados o productos que los contengan; es decir, también se protegen las pieles, marfiles, caparazones, instrumentos musicales, semillas, extractos para perfumería...elaborados a partir de especímenes incluidos en el Convenio, como es el caso del ejemplar ahora intervenido.

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