El Ministerio Público sostiene que el acusado fue designado como primer suplente de vocal 1º de la Mesa 5-2-A para las elecciones generales de 26 de junio de 2016, recibiendo en su domicilio
citación para que se personara a las 8.00 ese día en el colegio Germán Fernández Ramos de Oviedo, donde había de quedar constituida. El acusado no se presentó en las instalaciones.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito electoral del artículo 143 de la LO 5/85 del Régimen Electoral General, con aplicación del artículo 137 del mismo cuerpo legal, y solicita que se condene al acusado a multa de 8 meses, con una cuota diaria de 8 euros (1.920 euros), e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante un año.
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