Abierto el proceso de información pública para la revisión del Plan de Sequía del Ebro

  • El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) ha sacado este jueves a información pública la revisión del Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía de la cuenca del Ebro. El nuevo Plan, tal como recoge el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado, estará a exposición pública por un periodo de tres meses para facilitar su análisis y que todos los interesados puedan presentar las observaciones o sugerencias que estimen oportunas.
Sequía.
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DGA
Sequía.

La revisión del Plan Especial puede ser consultada en la página web oficial de la Confederación Hidrográfica del Ebro a través del enlace

la Confederación Hidrográfica del Ebro en el enlace 'http://bit.ly/2BIre6P'.

La revisión del actual plan de sequía, vigente desde 2007, está establecida en el RD 1/2016, de 8 de enero, aprobatorio de los planes hidrológicos de ámbito intercomunitario (entre los que se incluye el del Ebro) para garantizar la coherencia de los planes especiales de sequía con los propios planes de cuenca.

Esto proceso de revisión ha permitido potenciar el vigente sistema de indicadores para diferenciar con claridad las situaciones de sequía hidrológicas de las de escasez; mejorar las medidas coyunturales para mitigar sus efectos, así como los mecanismos institucionales y participativos para la activación y la desactivación de las medidas contenidas en los planes.

DURANTE TRES MESES

Las propuestas que se reciban a lo largo de los próximos tres meses serán estudiadas por la Confederación Hidrográfica del Ebro, que una vez concluido el proceso, deberá preparar un informe específico de valoración explicando las razones de la estimación o desestimación de todas las alegaciones recibidas.

Paralelamente a esta revisión, el Ministerio, a través de la Confederación del Ebro, ha recordado a los Ayuntamientos y Ayuntamientos y sistemas de abastecimientos de más de 20.000 habitantes, la necesidad de que revisen o redacten sus propios planes de sequía, tal como establece el Plan Hidrológico Nacional, unos planes que deberán estar

en consonancia con el contenido de los planes de sequía de la demarcación.

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