En concreto, el TSJIB ha desestimado el recurso presentado por la mujer contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Baleares en
el que a su vez desestimaba la sanción, de carácter grave.
La sanción le fue impuesta después de que agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil inspeccionaran el establecimiento, propiedad de la afectada, tras tener conocimiento de que había varias aves exóticas.
En el agroturismo encontraron 28 ejemplares de varias aves
-guacamayos, cacatúas, tucanes, cisnes y otras especies-, así como un mapache y seis cobayas.
Algunos de estos animales están incluidos en el Convenio Internacional sobre Tráfico de Especies Amenazadas (Cites), por lo que los agentes requirieron a la propietaria la documentación que acreditase la tenencia legal de estos animales. Esta documentación fue presentada a la Dirección Territorial de Comercio de Palma, que comprobó que ocho de las aves no tenían correctamente documentado su origen legal.
Por ello, se le impuso una sanción de 12.000 euros, por infracción administrativa de carácter grave en materia de contrabando, además de decretar el comiso de los ejemplares intervenidos.
La mujer recurrió la sanción alegando que tenía la autorización pertinente para la inscripción como núcleo zoológico y aseguró que contaba con todos los informes preceptivos y favorables. Adujo también que a excepción de uno de los animales que entró legalmente en España por la aduana, los demás habían nacido en cautividad.
Ahora, el TSJIB ha confirmado que la sanción se ajusta a derecho ya que, "la tenencia es el factor clave", por lo que avalan que tener estos animales sin la documentación en regla debía sancionarse.
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