Obligan a Cetursa-Sierra Nevada a aplicar íntegro el convenio de hostelería, tras la denuncia de UGT

  • El sindicato UGT ha ganado el juicio contra Cetursa por el que la empresa pública que gestiona la estación de esquí de Sierra Nevada se ve obligada a aplicar íntegro el convenio colectivo de hostelería, teniendo que pagar el "premio de natalidad", unos 140 euros, a los trabajadores en caso de nacimiento o adopción de un hijo.
Atardecer en Sierra Nevada en Granada
Atardecer en Sierra Nevada en Granada
CETURSA
Atardecer en Sierra Nevada en Granada

Según ha informado UGT en una nota de prensa, Cetursa se negaba "por sistema" al abono de dicho concepto, hecho que puso de manifiesto también en un acto de mediación en el Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales, que terminó "sin avenencia".

Como ha explicado el responsable de Hostelería de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Granada, Miguel Ángel Prieto, en la sentencia condenatoria a Cetursa, la juez incluso reconoce esta cantidad como masa salarial y no simplemente como un concepto de ayuda social, tal y como se reclamaba desde el sindicato en la demanda.

Así, el representante de los trabajadores ha mostrado su satisfacción por el fallo judicial pues, a su entender, Cetursa no puede aplicar

el convenio "a la carta", según le convenga o no.

Prieto espera que esta sentencia sirva como ejemplo para el resto de empresas de hostelería en Granada, pues "se mantiene el conflicto para negociar un nuevo convenio colectivo" y "muchas empresas del sector se están negando incluso a aplicar el vigente, condenando a las plantillas a la precariedad más absoluta".

Ha advertido de que UGT va a estar "vigilante ante cualquier posible incumplimiento en materia laboral no sólo por parte de Cetursa-Hostelería, sino de cualquier empresa del sector".

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