Asimismo, según el fallo judicial, difundido por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y recogido por Europa Press, el hombre tiene la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la menor a su domicilio, centro de estudios o lugar de trabajo en los próximos cinco años.
La sentencia también señala que tiene que indemnizar a la víctima con mil euros, más intereses, en concepto de responsabilidad civil, así como tiene que hacer frente a las costas procesales causadas. La resolución no es firme y cabe recurso de apelación.
En el fallo judicial, se considera probado que el 26 de junio de 2016, a las 11,00 horas, el acusado se dirigió a la vivienda de la víctima, que entonces contaba con 15 años, para dejar una garrafa de vino a su padre.
Así, "aprovechando" que ella estaba "sola" en el domicilio, entró e "interesándose por las distintas estancias de la vivienda, subió a la planta superior".
Una vez allí, recoge la sentencia, "agarró a la menor por la cintura y comenzó a tocarla por encima de la ropa", mientras que le "decía que era una cosa normal". El acusado cedió su actitud "tras zafarse la menor" que, según el fallo judicial, "no ha resultado con secuelas".
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