Condenados dos indigentes a 12 años y 6 meses de prisión por asesinar a un hombre

  • La víctima y sus agresores habitaban en unas chabolas en Lanzarote.
  • Le clavaron una navaja y se deshicieron de las pruebas.
  • Los acusados tendrán que pagar una indemnización de 120.000 euros.
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Dos indigentes que habitaban en unas chabolas de Arrecife, en Lanzarote, han sido condenados a penas de doce años y seis meses de prisión cada uno al ser declarados criminalmente responsables del homicidio de un tercer residente del lugar al que golpearon y apuñalaron hasta la muerte.

Los acusados, Santiago Nuez Ramírez y José Antonio Niz Suárez, fueron declarados por un tribunal jurado culpables del homicidio doloso, con agravante de abuso de superioridad, de Rogelio Roka Bopabote, al que mataron en la madrugada del 22 de octubre de 2005 en unas chabolas de Lanzarote, según se establece en la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas.

En el fallo, emitido por la Sección Primera de la Audiencia Provincial, se señala entre los hechos probados que entre víctima y homicidas se produjo un altercado tras el cual los acusados "golpearon en la cabeza, con un objeto romo, a Rogelio Roka Bopabote y le clavaron una navaja tipo mariposa en el pecho y en el epigastrio".

Ambos, "con el fin de ocultar su acción", trasladaron luego a su víctima, "todavía con vida, hasta el segundo piso de una nave situada a unos doscientos metros de distancia", y más tarde, de madrugada, "lavaron con agua el cuerpo", tras lo cual "se cambiaron de ropa, se deshicieron de las armas y limpiaron la chabola", añade el relato de los hechos.

Participación directa y voluntaria

En él se recuerda, además, que no ha quedado probado que los acusados tuvieran sus facultades mermadas por efectos de las drogas o el alcohol, circunstancia que se intentó presentar como atenuante durante el juicio que dio lugar a la sentencia ahora emitida.

Sus fundamentos de derecho especifican que los dos acusados son por igual "responsables criminalmente, en concepto de autores materiales", del homicidio, "por su participación directa, material y voluntaria en la ejecución de los hechos".

Se agrega en ese apartado que, además, "concurre en ambos acusados la circunstancia agravante de abuso de superioridad".

Por todo ello, la sentencia concluye con un fallo por el que se condena a los dos acusados por igual a la referida pena de reclusión durante 12 años y 6 meses, aparejada de la inhabilitación absoluta a lo largo de ese tiempo, así como a indemnizar, "conjunta y solidariamente, a los herederos de don Rogelio Roka Bopabote con la cantidad de 120.000 euros".

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