La Junta destina 27 millones a entidades locales para garantizar la prestación de servicios y el empleo

  • La Consejería de la Presidencia informado en el Consejo de Gobierno de dos ordenes por las que se aprueban destinar un total de 27 millones de euros para las entidades locales para garantizar la prestación de los servicios públicos y promover el empleo, según ha avanzado la consejera de Agricultura y Ganadería y portavoz, Milagros Marcos.

En concreto, las entidades locales de la Comunidad recibirán 16.671.951 euros como financiación local provisional, parcial e incondicionada vinculada a los ingresos impositivos de la Comunidad correspondientes al primer cuatrimestre de 2017, a los que hay que sumar la concesión de ayudas a las entidades locales de nuestra Comunidad para 2017 por valor de 10.944.309 euros para empleo.

Según ha informado la portavoz de la Junta, como consecuencia de la prórroga presupuestaria de 2016 para 2017, se ha resuelto el total de la cuantía destinada a planes de empleo y el primer cuatrimestre de la cuantía incondicionada.

Por otra parte, ha resuelto provisionalmente que, cuando se aprueben los presupuestos para 2017, cuyo primer paso tendrá lugar el próximo jueves con la aprobación del Proyecto de Ley de Presupuestos, se procederá al ajuste de cuantías. Este ajuste tendrá lugar en la resolución del segundo cuatrimestre o del tercero, según la fecha de aprobación del Presupuesto 2017.

FONDO DE PARTICIPACIÓN EN LOS IMPUESTOS PROPIOS DE LA COMUNIDAD

La cuantía total que se ha tenido en cuenta para el año 2017, hasta que se aprueben los presupuestos, es la misma del año 2016 y asciende a 12.336.977 euros. La cantidad que corresponde al primer cuatrimestre es de 4.112.325 euros, de la que los municipios con población inferior o igual a 20.000 habitantes recibirán 2.261.779 euros; los municipios con población superior a 20.000 habitantes, 1.028.081 euros y las diputaciones provinciales, 822.465 euros.

El Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León está dotado anualmente con un 20 por ciento de la recaudación por los impuestos propios del último ejercicio cerrado a la fecha de elaboración de los presupuestos de la Comunidad Autónoma, con el límite de lo establecido en la Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria. Este importe, cada entidad local podrá destinarlo libremente para la financiación de gastos por operaciones corrientes, de capital o financieras.

FONDO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL

El importe total del Fondo que se ha tenido en cuenta para el año 2017, hasta que se aprueben los presupuestos, también es el mismo del año 2016 y asciende a 48.608.305 euros. La cantidad destinada a gastos incondicionados que corresponde al primer cuatrimestre es de 12.559.626 euros, de la cual, los municipios con población inferior o igual a 20.000 habitantes, recibirán 8.911.522 euros; los municipios con población superior a 20.000 habitantes, 2.025.346 euros; y las diputaciones provinciales, 1.622.757 euros.

En el caso de la cuantía total destinada a medidas, planes o programas de empleo, no hay pagos cuatrimestrales y por eso se determina toda la cantidad, que en 2017 asciende a 10.944.309 euros, de la cual, los municipios con población superior a 20.000 habitantes, recibirán 6.076.038 euros y las diputaciones provinciales, 4.868.271 euros.

El Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos por el Estado de gestión directa por la Comunidad Autónoma se dotó inicialmente en el año 2015, según la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, con una cantidad resultado de multiplicar 1.234 euros por el número de municipios de la Comunidad, más el resultado de multiplicar 18 euros por el número de habitantes de la Comunidad, de acuerdo con la población oficial referida a 1 de enero de 2013.

En los ejercicios siguientes al año 2015 su importe se determina aplicando a la cantidad global del año precedente el índice de evolución de los ingresos no financieros del ejercicio, con el límite de lo establecido en la Ley de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria.

De la cantidad que corresponda a las provincias y a los municipios con población superior a 20.000 habitantes tienen que destinar, el 50 por ciento a medidas, planes o programas de fomento del empleo, y el otro 50 por ciento libremente para la financiación de gastos por operaciones corrientes, de capital o financieras. La cantidad que corresponda a los municipios con población inferior a 20.000 habitantes la podrán destinar en su totalidad libremente para la financiación de gastos por operaciones corrientes, de capital o financieras.

En cuanto a la parte destinada a gastos por operaciones corrientes, de capital o financiera se paga por terceras partes antes de finalizar cada cuatrimestre y se gestiona por la Consejería de la Presidencia. La parte destinada a medidas, planes o programas de fomento del empleo se anticipa en su totalidad en el primer cuatrimestre y se gestiona por la Consejería de Empleo a través del Servicio Público de Empleo.

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