Asimismo, la sentencia, que se ha producido por conformidad de las partes, les condena a una multa de 300 euros, para el principal acusado, y de 40 euros para su cómplice.
La Audiencia considera probado que ambos condenados, con antecedentes que se considera cancelados, se venían dedicando a la venta de dosis de cocaína a diversos consumidores, al menos desde principios del año 2013.
Uno de ellos se encargaba de proveer al otro de la droga para que éste la comercializara al por menor a terceros. Ambos tenían una relación de estrecha confianza, dado que eran amigos desde hace muchos años.
Tras la correspondiente investigación, el 9 de abril de 2013 se detuvo al principal acusado, encontrándose en el registro de su domicilio 0,78 gramos de cannabis, 0,71 gramos de cocaína y otros 1,23 gramos también de cocaína, además de 800 euros procedentes de la venta de droga, una balanza de precisión, agendas y cuatro teléfonos móviles, entre otros efectos.
Ese mismo día se detuvo al otro acusado, a quien se le intervinieron dos bolsitas con cocaína, con un peso de 0,71 gramos, que iba a entregar en ese momento a un cliente y 60 euros procedentes de la venta de drogas. Además, en el registro de su domicilio de Santander se intervino una balanza digital y un teléfono móvil.
En el caso de la droga intervenida al primero, su valor en el mercado negro ascendería a 86,60 euros; y en el del segundo a 41,82 euros, según la sentencia.
Los acusados y sus defensas mostraron su conformidad con los hechos que les atribuye la Fiscalía y aceptaron las penas solicitadas. Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal supremo.
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