Archivo firme de la causa por contratos publicitarios en Diputación por la que se detuvo a De la Torre

  • La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha decretado el archivo firme y sin posibilidad de recurso de la causa abierta por un presunto delito de prevaricación administrativa o, en su caso, de fraude o exacción ilegal derivada de contrataciones realizadas por la Diputación Provincial con varias empresas para la realización de una campaña publicitaria de cartelería en diversos soportes en los que se promocionaba la imagen de Jaén con el eslogan 'Jaén, paraíso interior'.

Así queda recogido en un auto al que ha accedido Europa Press y en el que se desestima el recurso de apelación interpuesto por el grupo del PP en la Diputación. El auto de la Audiencia confirma en todos sus extremos el sobreseimiento y archivo decretado el pasado mes de diciembre por el Juzgado de Instrucción número 4 de Jaén.

Se cierra así este caso por el que en septiembre de 2016 fue detenido y posteriormente puesto en libertad con cargos el que fuera delegado territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta en Jaén, Antonio de la Torre, ya que en el momento de los hechos investigados éste trabajaba en Diputación como director del Área de Presidencia. El pasado 2 de marzo, Antonio de la Torre presentó su dimisión como delegado de la Junta aludiendo a "motivos personales y muy íntimos".

Tal y como recoge la Audiencia, y también hizo en su día el Juzgado de Instrucción, "en el presente caso no se ha probado ni existen indicios de concierto de voluntades entre el funcionario Antonio de la Torre, la Diputación y las distintas empresas, ni menos aún que se haya causado perjuicio alguno a la Administración provincial".

Explica el auto que en este caso la contratación de la campaña publicitaria ascendía en su cuantía presupuestada a 40.000 euros, que acabó alcanzando una cifra de algo más de 56.000 euros, contratación que al adjudicarse como contratos individualizados de cuantía inferior a 18.000 euros en casa caso permitía su adjudicación directa. En este punto, el tribunal reitera que "no hay indicio de fraccionamiento ilícito" del contrato.

Asimismo, rechaza los argumentos del recurso de apelación interpuesto por el PP y en el que aludían a un archivo "precipitado" del caso por parte del juzgado instructor. En este sentido, la Audiencia recuerda al PP que durante la instrucción "no ha solicitado la práctica de prueba alguna" y que "tampoco ha intervenido en ninguna de las declaraciones efectuadas".

Es por ello por lo que recuerda al PP que es "totalmente improcedente" que por vía de recurso se pida la reapertura del caso para, entre otras cuestiones, solicitar la declaración como testigo del interventor de la Diputación.

Así las cosas, la Audiencia falla que en el presente caso no existe "ni delito de prevaricación administrativa, ni el de fraude o exacción ilegal".

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