Una mujer que dejó abandonada en la guardería durante tres días a su hija de dos años, hasta que intervinieron los Servicios Sociales, ha sido condenada a pagar una multa de 80 euros después de que el Ministerio Fiscal rebajara a esa cantidad la condena de prisión que inicialmente había solicitado.
El Juzgado de lo Penal número 4 de Santander ha hecho pública hoy la sentencia de conformidad que condena a pagar esa multa a la acusada, M.L.G.H., como autora de una falta de vejaciones injustas.
En este caso no ha sido la jueza la que ha ponderado la condena que corresponde imponer a la acusada, sino que, al tratarse de un acuerdo pactado por el fiscal y la defensa dentro de los límites que fija la ley, la magistrada se limita a transformarlo en sentencia.
No sufrió desamparo
La resolución considera probado, porque así lo reconoció la propia mujer, que M.L.G.H. abandonó a su hija el 19 de diciembre de 2005 en una guardería de la localidad de Maliaño.
La niña estuvo en esa guardería hasta el día 21, cuando su encargada avisó a los Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria, que se hicieron cargo de la menor de inmediato y se pusieron a buscar al padre, un camionero que esos días estaba en ruta.
El apartado de hechos probados propuestos por la Fiscalía y aceptados por la defensa concluye con esta precisión: "La menor en ningún caso sufrió situación de desamparo".
Antes de que se celebrara el juicio, el Ministerio Público imputaba a la madre por estos hechos un delito de abandono de familia, por el que solicitaba año y medio de cárcel.
También pedía que se le retirara la patria potestad sobre la niña durante cinco años, según recoge la sentencia en sus antecedentes.
Sin embargo, la Fiscalía modificó finalmente sus cargos; sustituyó el delito por una falta de vejaciones injustas y cambió la condena de prisión y pérdida de la patria potestad que demandaba por una multa de 20 días a razón de cuatro euros diarios.
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