Según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el magistrado presidente le impone también la prohibición de residir y acudir a la parroquia donde se cometió el crimen en Ponte Sampaio, al lugar de Acevedo y a la ciudad de Pontevedra durante 25 años.
El jurado popular consideró probado que el acusado esperó a la mujer en las inmediaciones de su domicilio y que, con permiso de la víctima, se subió a su coche una vez llegó. Allí comenzaron a discutir y "con ánimo de acabar con su vida y de forma sorpresiva, sin que ella pudiese reaccionar y defenderse, la atacó con un arma blanca", según recoge la sentencia.
Aunque el hombre confesó los hechos cuando fue detenido, el tribunal no consideró que esto supusiese ninguna colaboración para esclarecer el crimen, puesto que en ese momento se sospechaba de su participación en los hechos y ya se seguían actuaciones judiciales contra él.
(HABRÁ AMPLIACIÓN)
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