El TJUE no avala las ayudas a multinacionales españolas por comprar empresas extranjeras

  • Las sociedades que compran al menos el 5% de una empresa de fuera y mantienen esa participación como mínimo un año tenían beneficios fiscales.
  • La CE determinó entre 2009 y 2011 que este régimen era una ayuda pública ilegal, dando paso a un enfrentamiento judicial con las compañías afectadas.
  • La sentencia de este miércoles aún no es definitiva, pero el Ejecutivo comunitario ya reclama a España que recupere ese dinero, según 'El País'.
El Tribunal de Justicia de UE.
El Tribunal de Justicia de UE.
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El Tribunal de Justicia de UE.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado este miércoles el fallo que avaló las bonificaciones fiscales a multinacionales españolas por comprar empresas extranjeras, al considerar que esta sentencia "incurrió en error de Derecho" por "no aplicar correctamente el requisito de carácter selectivo".

El Tribunal General de la UE invalidó en 2014 las decisiones de la Comisión Europea que declararon ilegales las ayudas fiscales de España a multinacionales por adquirir participaciones de compañías de terceros países. El fallo dio entonces la razón al recurso presentado por Autogrill (actualmente World Duty Free Group), Banco Santander y Santusa.

La legislación española permitía desde 2002 a las sociedades que tributan en España amortizar durante 20 años el fondo de comercio resultante de una compra de una participación de al menos el 5% de una empresa extranjera, siempre que la mantuviera durante al menos un año.

El Ejecutivo comunitario dictaminó en 2009 que este régimen era una ayuda pública ilegal en el caso de la adquisición de empresas europeas y en 2011 prohibió también estas ayudas para la compra de compañías de fuera de la UE. Además, ordenó la devolución de las bonificaciones concedidas desde diciembre de 2007. Sin embargo, la justicia europea anuló en primera instancia las dos decisiones de Bruselas.

Tras el recurso presentado por el Ejecutivo comunitario, el Tribunal de Justicia ha considerado que el tribunal de primera instancia incurrió en error de Derecho al revocar las decisiones de la Comisión Europea aduciendo que no había identificado una categoría de empresas que fuera la única favorecida por la medida fiscal.

Aunque este fallo aún no es definitivo, porque el caso vuelve al Tribunal General al ser el primero que lo estudió, la CE ya reclama a España que recupere esas ayudas, que se considera que han sido millonarias, según publica el diario El País.

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