El Ayuntamiento no puede ceder al Hospital de la Santísima Trinidad un terreno para construir un aparcamiento público

  • El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León acaba de anular el convenio firmado por ambas entidades en 2001.
  • La sentencia recoge que este inmueble no es un bien patrimonial del consistorio y por lo tanto no puede cederlo.
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha anulado el convenio suscrito el 2 de marzo de 2001
entre el Ayuntamiento de Salamanca y la Fundación del Hospital General de la Santísima Trinidad "
por su disconformidad con el ordenamiento jurídico".

El convenio firmado con motivo de la construcción de un aparcamiento público en los terrenos del Hospital incluía la cesión por parte del consistorio a la Fundación de una parcela de 3.141,50 metros cuadrados, valorada en 444.749 euros, y que sería destinada a usos benéfico-sociales.

El citado acuerdo fue recurrido por diferentes colectivos salmantinos, entre ellos Ciudadanos para la Defensa del Patrimonio, que conoció hoy la sentencia que es firme e inapelable, indicaron hoy los representantes de esta asociación.

La parcela objeto de litigio pertenecía al Ayuntamiento en virtud de "la obligación de cesión gratuita de los terrenos para dotaciones públicas", indica la sentencia a la que ha tenido acceso EFE, por lo que al estar afectada en este sentido "no puede considerarse un bien de carácter patrimonial" del consistorio y por lo tanto no puede cederla.

Tan sólo, según recuerda la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, se podría ceder con fines "que reviertan al municipio" y que quedaran especificados en el citado convenio, no siendo válida "la mención genérica fines benéfico-sociales", indica el texto judicial.

Al anularse este punto "queda anulado el convenio pues la cesión se contempla como punto central del mismo", según reza en la sentencia.

Cedido para construir una residencia de ancianos

Por su parte, el Ayuntamiento de Salamanca ha remitido un comunicado en el que señala que con esta sentencia se "devuelve la titularidad municipal a una parcela cedida para la construcción de una residencia de ancianos".

En este sentido, añade que "precisamente, el Ayuntamiento de Salamanca ya estaba estudiando la petición de reversión de dicha parcela porque, a día de hoy, no habían comenzado las obras para construir la residencia de ancianos por la que se había cedido este espacio municipal".

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