Tribunales.- La Audiencia condena a diez años y medio de cárcel al acusado de matar a su tía de 42 puñaladas

  • La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a diez años y medio de cárcel, que deberá cumplir en un centro psiquiátrico penitenciario, a José Gómez Ortiz, el acusado de matar de 42 puñaladas a su tía el día 7 de mayo de 2015 en la barriada de San Diego porque la culpaba de la muerte de su perro.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial condena al acusado a dicha pena por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento y con la eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica dada la esquizofrenia paranoide que padece, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.

De igual modo, condena al acusado a indemnizar con un total de 200.000 euros al marido, el hijo, la madre y tres hermanos de la víctima, de 48 años de edad e identificada como Carmen Gómez Suárez, todo ello teniendo en cuenta "la pérdida en esas circunstancias tan trágicas e impactantes".

Asimismo, la Audiencia condena a una hermana de la víctima, María Benita G.S., a 18 meses y 1 día de cárcel por un delito de omisión del deber de impedir delitos o promover su persecución, con la concurrencia agravante de parentesco, por "no haber denunciado ni avisado a persona alguna de las intenciones de José de dar muerte a su tía".

Tal y como recoge la sentencia consultada por Europa Press, el jurado declaró probado que, días antes del 7 de mayo de 2015, el acusado acudió junto con la víctima a un veterinario con motivo de una enfermedad que padecía un perro de su propiedad, aunque el animal terminó falleciendo.

Como quiera que el imputado "culpaba" a la víctima de la muerte del perro, se dirigió sobre las 12,00 horas del día 7 de mayo al taller de cerámica que regentaba su tía en San Diego portando oculta una navaja de unos diez centímetros de hoja.

"DOLOR Y SUFRIMIENTO INHUMANO"

Al llegar al lugar y llamar a la puerta, la fallecida abrió la misma, momento en que el acusado, "con la intención de acabar con su vida", le apuñaló con la navaja hasta en 42 ocasiones, causándole "numerosas" heridas en cabeza, cuello, región dorsal, tórax, abdomen y extremidades superiores, heridas que afectaron a órganos vitales como corazón, pulmones o hígado y que le produjeron la muerte.

El jurado consideró probado que el acusado "utilizó la navaja de forma sorpresiva e inesperada y sin dar lugar a reacción alguna por parte de Carmen", mientras que el imputado le causó "un dolor y sufrimiento inhumano al no poderse producir el desenlace final -la muerte- hasta el término de la agresión".

La Audiencia considera que se trata de un asesinato con alevosía y ensañamiento partiendo de que el acusado "propinó a la víctima 42 puñaladas, en las que se puede observar cómo las heridas no causaron la muerte inmediata y que durante las puñaladas la mujer estuvo viva", por lo que "es claro concluir, como lo hizo el jurado, en el ánimo perverso e inhumano de aumentar el dolor de la víctima que guió la conducta del acusado".

EL CRIMEN PODRÍA HABERSE EVITADO

Respecto a la acusada, señala que días antes de los hechos estuvo con el imputado, quien "le manifestó de forma inequívoca su intención de acabar con la vida de su tía", pese a lo cual "no denunció ante las autoridades tal circunstancia ni avisó a persona alguna de las intenciones de José" a fin de "evitar el resultado que finalmente se produjo, pese a ser plenamente conocedora de las mismas y pese a conocer la más que probable consumación del acto anunciado, atendiendo al carácter agresivo de José y a la enfermedad que padecía".

Según asevera la Audiencia, la acusada "ni advirtió a los familiares ni a los agentes de Policía de las intención de José de matar a su tía, pudiendo hacerlo sin peligro propio o ajeno, y de haber actuado solidariamente, acaso el luctuoso suceso no hubiera acontecido o se podían haber minimizado sus efectos".

Una vez hecho público el veredicto del jurado, la Fiscalía solicitó para el acusado diez años y medio de prisión, aunque interesó que cumpliera dicha pena en un establecimiento adecuado a la esquizofrenia paranoide de la que está diagnosticado, así como el pago de una indemnización total de 200.000 euros al marido, el hijo, la madre y los hermanos de la víctima.

Asimismo, pidió dos años de cárcel para la acusada, aunque reclamó al tribunal que, en su caso, se le suspenda la pena si no vuelve a cometer delito alguno en el plazo de cinco años, dada la cuantía de la pena, que no tiene antecedentes penales y que no se le pide el pago de ninguna indemnización en concepto de responsabilidad civil.

INTERNAMIENTO

De su lado, el abogado de la defensa insistió en que el acusado era una persona "absolutamente enferma" al tiempo de ocurrir los hechos y "no era consciente" de los mismos, por lo que interesó su internamiento durante siete años y medio en el Hospital Psiquiátrico-Penitenciario de la cárcel de Sevilla-I, donde actualmente está ingresado.

Además, se opuso a la indemnización de 200.000 euros interesada por el Ministerio Público, pues el acusado no tiene medios ni bienes y únicamente cuenta con una pensión de poco más de 200 euros mensuales por discapacidad que "es inembargable".

Por último, interesó la libre absolución de la acusada al entender que "si hubiera tenido conocimiento de que realmente" el imputado iba a cometer el crimen, lo hubiera denunciado.

En su declaración en el juicio, el acusado admitió que acabó con la vida de su tía porque ésta había "matado" a una perra de su propiedad y se mostró arrepentido de haber cometido el crimen.

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