Según recoge Europa Press, por medio de esta nueva orden, que entrará en vigor este mismo lunes, se modifican un total de seis artículos. Entre ellos, según explica el departamento que dirige Francisco Martínez, se modifican los artículos 8 y 14 que establecen el procedimiento de concesión y criterios de prioridad de las ayudas por participación en programas de calidad diferenciada y apoyo a las Agrupaciones de Productores en actividades de información y promoción, respectivamente.
Según Agricultura, se modifican estos artículos dado que se ha advertido la necesidad de modificar los criterios de selección para tomar en consideración las alegaciones presentadas por el Comité de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020, así como las directrices del documento de la Comisión 'Draft guidelines on eligibility conditions and selection criteria for the programming period 2014-2020. Version March 2014'.
De igual modo, debido a las modificaciones introducidas en los criterios de prioridad de las ayudas a las Agrupaciones de Productores en actividades de información y promoción, se modifica también el artículo 24, suprimiendo la pérdida del derecho al cobro cuando el beneficiario no ejecute, al menos, el 75% de las acciones subvencionables, al aplicarse estos criterios a las operaciones solicitadas.
Asimismo se modifican los artículos 17, referido a las formas de presentación de la solicitud, a la documentación y al plazo, así como el 18.1, el 19.3 y el 19.4 de la referida orden para adaptarlos a Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas de octubre de 2015.
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