Condenan a 12 años de cárcel al padrastro de una menor por violarla reiteradamente

  • La violó varias veces desde 2009 hasta 2013 aproximadamente.
  • El acusado, Luís D. antes de ejercer de padrastro, porque la menor, que tenía 12 años, era amiga de su hijo.
  • Desde la cárcel le envió cartas con alto contenido sexual.
Fachada del Palau de Justícia, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.
Fachada del Palau de Justícia, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.
EUROPA PRESS
Fachada del Palau de Justícia, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.

La Audiencia de Barcelona ha condenado a un vecino de Santa Coloma de Gramanet (Barcelona) a 12 años de cárcel por haber abusado sexualmente de forma reiterada de su hijastra menor de edad, desde 2009 hasta 2013 aproximadamente.

En una sentencia, la Sección Séptima de la Audiencia relata que el acusado, Luís D., ya comenzó a abusar de ella durante el curso 2008-2009, antes de ejercer de padrastro, porque la menor, que tenía 12 años, era amiga de su hijo.

El hijo del acusado y la niña eran amigos y ella incluso a veces se quedaba a comer; Luís D. aprovechaba cuando se quedaba solo con la menor para abusar de ella y hacerle tocamientos, según los hechos que da por probados la sentencia.

Durante 2009 el hombre inició una relación sentimental con la madre de la menor, se fueron a vivir juntos y él adoptó el papel de padre, pues mantenía una relación muy difícil con su padre biológico.

Entonces los abusos fueron a más, según la sentencia, ya que llegó a penetrarla en varias ocasiones; cuando en enero de 2011 el acusado entró en prisión, donde estuvo un año y medio, desde la cárcel le envió cartas con alto contenido sexual.

Alejamiento

Al salir de la cárcel continuó con los abusos hasta que en mayo de 2013, cuando la menor tenía ya 16 años, la madre tras un episodio de violencia decidió romper la relación sentimental, y fue entonces cuando la menor le contó lo ocurrido.

La Audiencia lo ha condenado por un delito continuado de abuso sexual a 12 años de cárcel y a no poder acercarse a la víctima ni comunicarse con ella durante veinte años, además de obligarle a pagar una indemnización de 18.000 euros.

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