Según la sentencia, recogida por Europa Press, se ha declarado probado que A.V.G. el 25 de marzo de 2016, sobre las 5.30 horas, se encontró en la Cervecería Escándalo situada en la localidad de Mejorada (Toledo) con A.J.F. El acusado se dirigió a éste portando una botella rota en la mano, y guiado del ánimo de acabar con su vida, le cortó el cuello, necesitando para su curación, además de una primera asistencia facultativa, de tratamiento quirúrgico.
Acto seguido, A.V.G. golpeó con la misma botella en la cabeza a M.A.G.G., causándole menoscabo en su integridad física, necesitando para su curación, además de una primera asistencia facultativa, de tratamiento médico-quirúrgico.
El procesado ha reconocido expresamente los hechos y ha satisfecho la responsabilidad civil a las víctimas. Tanto el acusado como su defensor mostraron su conformidad con la calificación jurídica del hecho, la autoría y la pena impuesta por el Ministerio Fiscal, por lo que se hizo innecesaria la celebración del juicio.
El acusado lleva en prisión provisional por esta causa desde el día que sucedieron los hechos y fue detenido. Para el cumplimiento de la pena, se abona al joven todo el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa.
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