Verónica Pérez defiende el nombramiento de la exalcaldesa de Gerena y niega "incompatibilidad"

  • SEVILLA, 4 (EUROPA PRESS)
Verónica Pérez, en una rueda de prensa en Sevilla
Verónica Pérez, en una rueda de prensa en Sevilla
EUROPA PRESS
Verónica Pérez, en una rueda de prensa en Sevilla

La secretaria general del PSOE de Sevilla, Verónica Pérez, ha defendido este jueves el nombramiento de la exalcaldesa de Gerena Margarita Gutiérrez Nogales (PSOE) como personal eventual del Parlamento de Andalucía, señalando que si bien fue condenada en 2014 a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público, por un delito contra la ordenación del territorio derivado de su "ayuda a una familia humilde", dicha inhabilitación se circunscribe al cargo de concejal.

Después de que el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía (BOPA) haya publicado el citado nombramiento, mediante una resolución que detalla que el pasado de 24 de octubre "ha tenido entrada un escrito firmado por Verónica Pérez, secretaria primera de la Mesa del Parlamento, en el que propone el nombramiento de Margarita Gutiérrez Nogales para las funciones de secretaria de la Secretaría Primera de la Mesa", la secretaria general de los socialistas sevillanos ha descartado cualquier tipo de "incompatibilidad" en dicha designación.

En declaraciones a Europa Press, Verónica Pérez ha recordado, en primer lugar, que Margarita Gutiérrez Nogales ha sido nombrada para "una plaza eventual de libre designación de la que disponemos todos los miembros de la Mesa" del Parlamento. Además, ha negado cualquier "incompatibilidad" en dicho nombramiento, precisando que si bien en 2014 Margarita Gutiérrez Nogales fue condenada a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público, la resolución emitida el pasado mes de julio por la Audiencia Provincial de Sevilla, ratificando dicha condena, "especifica explícitamente que se trata de una inhabilitación para ejercer como concejal".

Además, ha defendido que la exalcaldesa de Gerena es "una persona honesta y honrado, inhabilitada para ser concejal por ayudar a una familia muy humilde que tenía un problema", lo que le ha llevado a invitar a profundizar en el caso en cuestión, cuyos matices recoge la propia sentencia condenatoria de 2014. Precisamente por eso, ha reclamado a Juan Moreno Yagüe, diputado autonómico por Podemos y vicepresidente tercero del Parlamento de Andalucía, que "se dedique más a trabajar por los problemas de la provincia en vez de enmarronar la vida parlamentaria".

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 12 condena a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito contra la ordenación del territorio a Margarita Gutiérrez, entonces alcaldesa de Gerena, al exalcalde socialista de dicho municipio Jacinto Pereira (PSOE), a otros dos ediles del PSOE y al secretario interventor del Ayuntamiento. La sentencia, en ese sentido, motivó la renuncia de Margarita Gutiérrez a la Alcaldía, así como la dimisión de los dos concejales condenados que por aquel entonces aún formaban parte del Gobierno local, toda vez que la Audiencia, al ratificar dicha sentencia, ha precisado que la inhabilitación se circunscribe al cargo que estuviesen ocupando los condenados.

CONDENA POR UNA LICENCIA DE OBRAS

La sentencia expone que el 17 de junio de 2008, la junta de gobierno del Ayuntamiento de Gerena, entonces liderada por Jacinto Pereira como alcalde, y de la que ya formaba parte Margarita Gutiérrez, aprobó una licencia de obras para la reforma y ampliación de una vivienda localizada en el número uno de la calle Jilguero, en la urbanización Los Zarzalejos.

La sentencia recoge como hechos probados que la licencia fue concedida "a pesar del informe desfavorable del arquitecto municipal, a la vista de la legalidad vigente". Según el fallo, "la existencia de un planeamiento de desarrollo o plan parcial y un proyecto de urbanización eran en todo punto ineludibles, circunstancias conocidas perfectamente por cada uno de los acusados en el momento de la votación, pues el 17 de junio el arquitecto municipal informó de que procedía denegar el otorgamiento de la licencia porque las normas urbanísticas vigentes clasificaban el terreno como suelo urbanizable sectorizado (...) y al no haber sido aprobado el documento de planeamiento de desarrollo del ámbito del plan parcial, ni un proyecto de urbanización, no era posible comprobar que se cumplían los parámetros de la calificación aplicable".

"A petición del alcalde, y con objeto de que se aprobara la concesión de la licencia por la junta de gobierno, Juan Alfonso Rubio, en su condición de secretario interventor del Ayuntamiento, emitió un informe el 17 de junio con una serie de argumentos a favor de conceder la licencia y se proponía que si se concedía, se sometiese a la condición de la firma de una declaración del propietario de aceptación de que su parcela iba a ser incluida en suelo urbano no consolidado en el PGOU", refleja la sentencia, según la cual "estas afirmaciones las realizaba el acusado basándose en previsiones futuras, siendo consciente de que el instrumento de planeamiento no existía".

"UNA SITUACIÓN ADMITIDA POR TODOS"

La sentencia condenatoria, no obstante, señala "la creencia de los acusados de no actuar en contra de la legalidad y obrar en consideración a lo que se había convertido en una situación admitida por todos, estimando que la concesión de la licencia estaba justificada".

Ante esta sentencia, Margarita Gutiérrez Nogales defendía que la licencia de obras fue solicitada por una familia para ampliar su vivienda ya existente, con dos habitaciones más, "porque la familia había crecido con la llegada de tres hijos". Así, defendía la decisión de conceder la licencia porque, ante la petición de esta familia, "las normas urbanísticas de la zona no eran ya aplicables, dado que la realidad las había superado, pues todo estaba construido".

"Todo está construido desde hace 30 años y todo está perfectamente urbanizado con luz, agua, alcantarillado, y los mismos servicios que el resto del pueblo. Además, todas estas parcelas pagan el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana y tienen esa calificación, urbana, en el Registro de la Propiedad. Es exactamente igual que el resto de la Urbanización Los Zarzalejos. Lo único que diferencia a esta calle de las demás es que le faltan dos documentos técnicos para se regularizada plenamente: un plan parcial y un proyecto de urbanización, pero no hay nada que desarrollar porque, sencillamente, está todo construido desde hace 30 años", explicaba la alcaldesa en cuanto a su condena.

Margarita Gutiérrez, igualmente, avisaba de que "en esa misma calle se habían concedido hasta 29 licencias por parte de todos los alcaldes de Gerena y denegar la licencia sería utilizar un criterio diferente al del resto de las licencias otorgadas durante 30 años", con lo que "el vecino solicitante podría presentar una denuncia por prevaricación, al otorgarle un trato discriminatorio. Esto último lo recoge, incluso, la juez en los hechos probados de la sentencia".

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