Tribunales.- Absuelta Luisa García Chamorro (PP) de las supuestas injurias y calumnias al exgerente de Visogsa

  • El Juzgado de lo Penal 5 de Granada ha absuelto a la diputada provincial y portavoz del PP en el Ayuntamiento de Motril (Granada), Luisa García Chamorro, de las supuestas injurias y calumnias por las que el exgerente de la empresa provincial de vivienda y suelo (Visogsa), el socialista José Luis Hernández Pérez, le pidió diez meses de prisión.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado Miguel Ángel Torres resalta que en su intervención en la rueda de prensa que dio Luisa García Chamorro refiriéndose al exgerente, cuando era vicepresidenta primera de la Diputación de Granada y consejera delegada de Visogsa, "no existe la imputación de un delito de forma clara y categórica como exige el delito de calumnias" sino la de, en "forma poco precisa y genérica, una serie de conductas o de hechos negativos al señor Hernández Pérez".

En cuanto a las supuestas injurias de las que también se le acusaba "habría que plantearse si las palabras sin duda excesivas y desafortunadas de la señora Chamorro exceden de lo normal y tolerable en este país", advierte la sentencia, que añade que "no hay nada especial en la rueda de prensa, nada extraordinario que no estemos acostumbrados" en un contexto de "podredumbre política" en que son "una constante" conductas como "la descalificación gratuita, el sectarismo o los simples insultos".

Aún así, Luisa García Chamorro "ejercita una crítica legítima y viene a exponer" en rueda de prensa "su opinión respondiendo con ligereza a las críticas en su contra" en una comparecencia informativa previa; aún así "faltó a la verdad y cometió varios errores" en sus declaraciones a la opinión pública "pero actuaba en el ejercicio de su libertad de expresión y de participación política realizando reproches a otra persona que formaba parte de otra opción política", en este caso el PSOE.

El juez señala que dichas declaraciones se realizan "sin que excedan de lo que es habitual en la confrontación política, por lo que no existe infracción penal alguna, pudiendo haber sido más acertado por parte del querellante el ejercicio de acciones civiles de protección al honor" y no haber "llegado inexplicablemente a este estado procesal tras cinco años de procedimiento, con el consiguiente coste para las ciudadanos y pérdida de tiempos y recursos para la justicia".

En la vista oral, García Chamorro adujo "crítica política" en sus declaraciones sin "intención" de descalificar "personalmente" a Hernández cuando mencionó unos supuestos gastos del exgerente, al que acusó de disponer de una tarjeta Visa Oro, "al margen de su contrato blindado y de un sueldo anual de 60.000 euros", y otros "desmanes".

El exgerente le atribuía un delito de calumnias con publicidad y otro de injurias graves con publicidad, por los que pidió para ella la pena de diez meses de prisión e inhabilitación especial para cargo público durante el tiempo de la condena y una multa de unos 6.000 euros.

En la vista oral, la calificación de los hechos fue elevada a definitiva por la acusación particular, en representación del denunciante, la cual también planteó como alternativa al tribunal que se condene a García Chamorro por la presunta comisión de un delito continuado de injurias con publicidad por el pidió una pena de 9.600 euros.

El caso fue llevado en su día ante los tribunales por el exgerente de Visogsa, pero el Juzgado de Instrucción 6 de Granada lo archivó al entender que la 'popular' no mintió al atribuir "gustos culinarios muy caros porque gustaba de ir a marisquerías y restaurantes de renombre" porque hizo constar como "comidas de empresa" partidas de gambas, ibéricos, copas de whisky de Cardhu, cocochas a la romana, paletilla lechal y botellas de Viña Ardanza a 32 euros.

No obstante, tras el recurso presentado, la Audiencia Provincial decidió reabrir el caso considerando que no se podía descartar "a priori" un "consciente desprecio de la verdad" en la realización de las manifestaciones atribuidas a la García Chamorro.

Tras el fallo absolutorio, contra el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, el letrado que ha llevado la defensa de la diputada provincial del PP, Manuel Fernández Roldán, director del departamento de Derecho Penal de HispaColex, ha puesto de relieve que la sentencia destaca que "se contrapone el derecho al honor del querellante y el derecho a la libertad de expresión de la acusada, que obviamente debe prevalecer".

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