La Ordenanza de Protección Animal de Málaga recoge la creación de un censo genético canino obligatorio

  • MÁLAGA, 12 (EUROPA PRESS)
Chapa, animales, ordenanza, ADN genético, animales, Málaga
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EUROPA PRESS/ AYUNTAMIENTO
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La junta de gobierno local ha dado este viernes el visto bueno a la Ordenanza de Protección Animal, llamada a sustituir la normativa que actualmente está en vigor sobre Tenencia de Animales de Compañía y Animales Potencialmente Peligrosos, en la que se recoge, entre otros, la confección del censo genético canino, da visibilidad al gato feral y revisa lo establecido sobre la alimentación de los animales en la vía pública.

Así, se realizará un censo canino obligatorio basado en perfiles genéticos de ADN y, como consecuencia, en su artículo 41.3.30 se tipifica como infracción leve "la no comunicación al Registro Municipal de datos relativos al Perfil Genético de ADN de los perros, así como circular sin estar éstos provistos de la correspondiente chapa identificativa". La norma establece un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ordenanza para que sea obligatoria dicha identificación genética.

Por otro lado, en rueda de prensa, han explicado que el texto, cuya redacción ha sido consensuada al máximo posible con colegios profesionales y asociaciones ciudadanas relacionadas con el ámbito animal, se presentará en septiembre a la aprobación inicial del pleno.

El concejal de Sostenibilidad Medioambiental, Raúl Jiménez, ha destacado de esta nueva ordenanza su capacidad para avanzar un paso más respecto a la actual y ha apuntado que "lo que perseguimos es trabajar por encima de todo en favor de la protección y el bienestar animal, revisando conceptos y garantizando su tenencia responsable por parte de sus dueños para que Málaga sea una ciudad amiga de los animales".

Asimismo, ha señalado que esta ordenanza "se ha convertido en referencia para otras localidades de toda España cuyos responsables municipales se han interesado sobre su contenido". Así, ha dicho, que en la redacción del proyecto han participado el Colegio Oficial de Veterinarios, el Partido Animalista (Pacma), la Asociación Malagueña de Veterinarios de Animales de Compañía, la Sociedad Protectora de Animales, la Asociación Pro-esterilización Animal, la Federación para la Defensa y Bienestar Animal, la asociación Empresarial Malagueña de Veterinarios y Avora, Ayuda de Animales.

Uno de los objetivos que se propone la modificación de la ordenanza es alcanzar el sacrificio cero en el Centro Zoosanitario Municipal. Para ello, se promueve la esterilización de las mascotas, se establecen medidas que favorezcan la reducción del abandono y se fomenta la adopción de animales como alternativa a su compra. Asimismo, el documento incluye la prohibición expresa del uso por particulares de collares que puedan ser considerados de castigo.

En otro de sus apartados, la ordenanza establece también que se deberá evitar la realización de actividades en el entorno privado de los perros que alteren o perturben su bienestar psíquico. La normativa protege a los animales que van a ser objeto de adopción en alguna de las instituciones que existen en Málaga mediante la inclusión de dos nuevos requisitos para acceder a la misma: no haber entregado un animal en el Centro Zoosanitario Municipal u otra entidad colaboradora en los últimos dos años y la presentación firmada de la declaración responsable de no haber sido sancionado por infracciones que impliquen maltrato o abandono del animal en los últimos cinco años.

La Ordenanza introduce como novedad la recomendación de la esterilización de perros y gatos y establece que sólo se podrán dedicar a la crianza aquellos propietarios que cuenten con la preceptiva licencia de criador y reúnan todos los requisitos para hacerlo.

En el caso de los gatos, el texto prohíbe expresamente su desungulación, tanto si son domésticos como ferales. Por primera vez en la Comunidad Autónoma una ordenanza municipal realiza un reconocimiento explícito del gato feral, al que define como el felino perteneciente a una especie doméstica pero que no está socializado con seres humanos y, por lo tanto, no es adoptable, viviendo asilvestrado.

GATOS FERALES

En relación con los gatos asilvestrados, la ordenanza deja abierta la posibilidad de que el Ayuntamiento regule el proceso de autorización de colonias estables de gatos ferales cuando la legislación autonómica o nacional lo permitan.

Respecto a la alimentación de los animales en la vía pública, se modifica la normativa de tal forma que estas prácticas sean sancionadas sólo en el caso de que se lleven a cabo favoreciendo situaciones de insalubridad. Ello permitirá llevar a cabo el proyecto de realizar cursos de formación para alimentadores con la entrega de algún tipo de identificación que avale su competencia en este campo.

ACCESO A ESTABLECIMIENTOS

Otra de las novedades de la ordenanza es la modificación de las condiciones para el acceso de los animales de compañía a los establecimientos públicos, incluidos hoteles, restaurantes, bares, tabernas y aquellos otros establecimientos públicos en los que se consuman bebidas y comidas.

Así, la entrada de mascotas quedará autorizada siempre que el local no muestre visible desde su exterior una prohibición expresa, previa autorización administrativa por el órgano competente. Esto supone un importante cambio respecto a la situación que existe en la actualidad, ya que ahora los animales de compañía no pueden acceder al interior de los establecimientos públicos, a no ser que el local expresamente muestre que sí lo permite.

No obstante, la única excepción a esta autorización del acceso será en los casos de los locales dedicados a la elaboración, venta, almacenamiento, transporte o manipulación de alimentos o bebidas, en los que queda prohibida la entrada con animales de compañía en todos los casos.

En el caso de instalaciones deportivas y otros establecimientos o lugares análogos, el titular podrá establecer la prohibición de acceso de animales, debiendo comunicarlo con el adelanto y difusión oportunos.

TRANSPORTE PÚBLICO y CIRCOS

Sobre el transporte público, se apunta a que los poseedores de animales de compañía podrán acceder con ellos a la EMT o al metro de acuerdo con las normas y procedimientos acordados por dichas empresas.

En el caso de los taxis, sus titulares podrán aceptar la presencia de las mascotas de forma discrecional.

Respecto al establecimiento de circos, aunque existe un acuerdo de pleno, no se ha podido incluir en la ordenanza una prohibición expresa para aquellos que usen animales en sus espectáculos, recordando que la Junta tiene la competencia en esta materia.

DISPENSA DEL CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS

Por otro lado, la junta de gobierno local ha aprobado también la solicitud de dispensa en el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica presentada por el Área de Sostenibilidad Medioambiental sólo con motivo de la Feria.

Según lo aprobado, en el caso de que se requiera una conciliación de los diversos intereses se establece que, en relación con los niveles sonoros, no se podrán superar en el centro histórico los 80 decibelios y en el recinto ferial los 95.

También se ha aprobado la propuesta de aprobación de precios nuevos del contrato de servicio de señalización vertical, horizontal y sistemas de balizamiento para su actualización.

Asimismo, se ha ratificado las propuestas adoptadas por la Comisión de Seguimiento del Plan Turístico de Málaga. De igual modo, se ha aprobado la prórroga de los convenios de colaboración entre el Ayuntamiento y la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, que harán posible el mantenimiento el próximo curso de los programas de apoyo que centrados principalmente en combatir del absentismo escolar.

Por último, se ha aprobado el convenio para la cesión e uso temporal y gratuito por parte del Ayuntamiento de dos parcelas propiedad con el fin de destinarlas a aparcamiento de la Feria.

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