Los ciudadanos que deseen ejercer su derecho a voto por correo en estas dos citas electorales, que se celebrarán el día 25 de septiembre, pueden solicitar en cualquier oficina de Correos de España, antes del día 15 de septiembre, el certificado de su inscripción en el Censo Electoral del País Vasco o de Galicia, "imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia".
Esta solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditadas mediante certificación médica oficial. En ese caso, podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente.
Según ha explicado Correos, en el momento de formular la solicitud, "los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales".
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales correspondientes de la Oficina del Censo Electoral, que enviarán a los solicitantes, entre el 5 y el 18 de septiembre, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
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