La Dirección general de Turismo informa a los clientes afectados por el cese de operaciones de Lowcosttravelgroup

  • La Dirección general de Turismo ha publicado un comunicado provisional, ante el cese de operaciones de Lowcosttravelgroup, para informar a los clientes afectados por la quiebra sobre el procedimiento de reclamaciones.

El comunicado se ha publicado en tres idiomas en la página web de la Dirección general de Turismo para informar a los clientes sobre el procedimiento de reclamaciones.

En primer lugar, se ha informado a los afectados que de todas las empresas pertenecientes al grupo Lowcosttravelgroup, únicamente la sociedad limitada Lowcostholidays Spain con sede en el ParcBit tiene prestada garantía frente a la Administración turística de esta Comunidad Autónoma.

Esta garantía consigue un total de 1.200.000 euros, que podrán destinarse a responder del cumplimiento de las obligaciones frente a consumidores o usuarios finales, siempre que sean derivadas de la prestación de servicios relativos a viajes combinados (avión+hotel).

Para ello, se aconseja, con carácter previo a la presentación de la reclamación frente a la Administración de la CAIB, que los clientes traten de ponerse en contacto con la agencia de viajes para que les suministre toda la información a la que tienen derecho como consumidores y clientes sobre su situación actual.

RECOMENDACIONES

De este modo, si resultase que el viaje no se puede realizar debido a un incumplimiento de Lowcostholidays Spain SL, por unos servicios previamente contratados y pagados, es recomendable que, en el supuesto de que el pago se haya realizado con tarjeta de crédito, se pongan en contacto con su entidad bancaria para retroceder el abono de aquellos servicios que no van a poder disfrutar.

Si el cliente ha contratado seguro de viaje, también resulta aconsejable ponerse en contacto con la entidad aseguradora para comprobar que servicios y cantidades quedan cubiertos por la póliza.

Sobre el procedimiento a seguir para reclamar el incumplimiento frente a la Administración de la CAIB, cualquiera que sea la forma en que se presente la reclamación, sea mediante el impreso oficial de reclamación, sea mediante escrito personal dirigido a nuestros servicios, siempre hay que proporcionar los Datos personales del reclamante: nombre, apellidos, número de DNI/CIF/pasaporte o tarjeta de residencia, domicilio, teléfono de contacto y, en su caso, número de fax o dirección de correo electrónico.

Además, los datos de la empresa reclamada: todo lo que pueda comunicar sobre nombre o denominación social, NIF, domicilio, teléfono y, en su caso, número de fax o dirección de correo electrónico.

Asimismo, la descripción del viaje combinado o servicio objeto de reclamación y motivo: todas las circunstancias que pueda acreditar sobre cómo se contrato el viaje combinado e indicando el medio de pago, si éste fue en efectivo o mediante tarjeta.

Por último, la solución que se quiere obtener y los documentos que acrediten y sirvan de justificante de los gastos incurridos en la compra del viaje combinado, además de todos los medios de prueba de los hechos descritos en la reclamación y de los que se disponga, tales como contratos, facturas, presupuestos, recibos, comprobantes, folletos descriptivos o de publicidad, u otros medios de reproducción en relación con la reclamación.

Todo ello, debe estar acompañando a la reclamación de originales escaneados.

La Dirección general ha facilitado un correo electrónico específico (info.lchspain@caib.es) para poder presentar las reclamaciones.

Asimismo, se ha subrayado que Lowcosttravelgroup informa en su página web que la reclamación también tiene que registrarse en lowcosttravelspain@smith.williamson.co.uk

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